Rechazan indemnizar a una mujer por las lesiones sufridas tras tropezar y caerse en la vía pública porque el bache era “visible y no sorpresivo”

El TSJCLM concluye que el incidente se pudiera haber evitado prestando más atención y que no es exigible mantener las calles totalmente lisas y planas

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Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha rechazado el recurso de una mujer que solicitaba al ayuntamiento de Albacete 111.351,53 euros de indemnización por las lesiones sufridas tras una caída en la vía pública.

La afectada responsabiliza al ayuntamiento por no haber mantenido el pavimento en buen estado. Por el contrario, el consistorio rechaza tener cualquier tipo de responsabilidad, defendiendo que no existe relación entre su labor y el accidente. Asimismo, señala que la acera contaba con plena visibilidad y se encontraba en buenas condiciones, por lo que achaca lo ocurrido a un despiste de la peatona y considera que la imperfección del suelo no era lo suficientemente grave como para justificar una culpa por parte de la administración.

Los magistrados explican que, para que la administración deba responder por los daños, es preciso demostrar una relación directa entre el perjuicio sufrido y el servicio público. Tras analizar las fotos del caso, concluyen que el desperfecto se podía evitar prestando la atención normal, ya que no se puede exigir que las calles sean completamente uniformes. Además, señalan que la caída fue de día, en una plaza amplia con suficiente espacio para caminar y que el hueco se veía con suficiente antelación.

Por tanto, al igual que en la primera sentencia, se determina que, aunque el bache existe en un suelo por lo general en buen estado, se trata de una irregularidad pequeña, “visible y no sorpresiva”, por lo que no se puede imputar el daño a la administración.

En conclusión, el tribunal recuerda que la seguridad en las vías públicas no exige calles totalmente lisas, planas y sin ningún tipo de desnivel.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.