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El TSJR confirma la pena de prisión tras desestimar el recurso del condenado, que intentó eludir el pago de honorarios mediante un documento falso
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha ratificado la condena de un año a un hombre por un delito de intento de estafa procesal, vinculado a la falsificación de un documento privado por parte de particular. Los hechos se refieren al impago de los honorarios de la procuradora que contrató para que le representara en un procedimiento laboral.
La sentencia de la Audiencia Provincial detalla que el acusado dejó sin pagar una minuta de 309,43 euros, desatendiendo los requerimientos que se le hicieron por carta, teléfono y medios telemáticos. Ante este impago, la procuradora tuvo que iniciar un proceso judicial de Jura de Cuentas. Durante dicho proceso, el deudor presentó un escrito de alegaciones asegurando que ya había saldado la deuda con su letrado, adjuntando una factura de 2.077,60 euros, que aparentaba contar con la firma digital del abogado, donde figuraba el concepto de "minuta de honorarios profesionales". Sin embargo, el propio letrado desmintió la autenticidad de dicho documento.
Sobre la alegación de la defensa de que la sentencia no detalla cómo el acusado falsificó la factura, el tribunal señala que las pruebas demuestran que él contaba con los medios necesarios, como correo electrónico y WhatsApp, y que fue él quien presentó el documento porque le beneficiaba. Su intención era general una respuesta judicial a su favor en detrimento de la procuradora, aunque no lo logró, ya que ella misma explicó que finalmente pudo cobrar todo el dinero que se le debía en el transcurso del procedimiento. Asimismo, los magistrados afirman que el acusado sabía perfectamente que tenía la obligación de pagar por separado tanto a su abogado como a la procuradora, puesto que ambos se lo habían indicado y las facturas de cada profesional eran independientes.
La Sala concluye que la sentencia recurrida analiza de forma detallada las pruebas del juicio oral y justifica de manera impecable la calificación jurídica de los hechos, unos argumentos que considera totalmente acertados.
La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.