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El tribunal confirma la sentencia de instancia, que ya había condenado a la entidad bancaria a reintegrar a los clientes lo cobrado de más
La Audiencia Provincial de Ourense ha dictado la primera sentencia en la que se aplica la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad de las cláusulas suelo. En este caso, el tribunal confirma la sentencia de instancia, que ya había condenado a la entidad bancaria a reintegrar a los clientes lo cobrado de más desde la firma del contrato de préstamo hipotecario.
La Sala solo estima en parte el recurso de apelación interpuesto por los clientes, en el sentido de no efectuar expresa imposición de las costas del procedimiento de instancia, al igual que no se efectúa respecto a las devengadas en la apelación.