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La sentencia condenatoria a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual dictada por la Audiencia de Navarra fue apelada por las cuatro acusaciones y las dos defensas
Los recursos de apelación interpuestos por la fiscal, la acusación particular y las dos acciones populares -Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno de Navarra-, así como por los dos abogados defensores, contra la sentencia dictada por la Audiencia de Navarra en el denominado caso de 'La Manada' serán resueltos por el Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), compuesta por cinco magistrados.
Así lo ha decretado la Sala de lo Civil y Penal en una providencia (resolución judicial), que puede ser recurrida, debido a “las circunstancias concurrentes" en el asunto. Según los artículos 196 y 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los casos en que la ley no disponga otra cosa bastarán tres magistrados para formar Sala. No obstante, “podrán ser llamados, para formar Sala, todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente, o la mayoría de aquéllos, lo estime necesario para la administración de justicia”.
El 26 de abril, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial condenó a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco acusados de violar a una joven de 18 años el 7 de julio de 2016 en Pamplona.