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La sentencia condenó a S. a 13 años y medio de prisión y ahora, por aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, los magistrados entienden que se ha de rebajar la condena a 11 años de prisión.
La sección VI de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha dictado un auto en el que rebaja la pena a un hombre condenado en 2011 por un delito de agresión sexual con acceso carnal siendo la víctima una joven con discapacidad. La sentencia condenó a S. a 13 años y medio de prisión y ahora, por aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, los magistrados entienden que se ha de rebajar la condena a 11 años de prisión.
Argumenta el tribunal que a S. se le impuso una pena en el límite mínimo de la mitad superior en 13 años seis meses y un día pero ahora, “aplicando al grado mínimo la pena determinada para este tipo penal por la reforma L.O. 10-22 de 6 de septiembre y atendiendo a las circunstancias que fueron tenidas en cuenta en la sentencia” la pena correspondiente sería la de 11 años de prisión. Por ello, los magistrados han acordado su reducción.
La petición de reducción de pena fue presentada por el abogado del condenado, quien tambien solicitó su puesta en libertad, pero esta petición del letrado de la defensa no ha sido por el momento considerada por el tribunal por lo que no ha acordado su puesta en libertad, ni se podrá valorar hasta que se haga la liquidación de las penas que tiene impuestas. Sobre S. pesan varias causas con condenas de cárcel, que en principio, le mantendrían en prisión hasta el año 2027.