La Audiencia de Zaragoza absuelve a un interno de un centro de discapacidad intelectual del delito de homicidio por aplicación de la eximente de alteración psíquica

El acusado, de 27 años de edad, atacó a la víctima, de 75

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Comunicación Poder Judicial

La Audiencia de Zaragoza ha absuelto a un hombre acusado de homicidio al considerar la eximente de alteración psíquica y le impone, como medida de seguridad, su internamiento durante 10 años en un centro cerrado adecuado a su patología.

En la sentencia, la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado expresa, en su fundamento cuarto, que el acusado tenía completamente anulada su capacidad volitiva en el momento de cometer los hechos y por ello, de conformidad con las peticiones hechas por las partes y por el propio acusado, declara que “está exento de responsabilidad criminal”. La magistrada condena en la sentencia de conformidad al acusado a indemnizar a la hermana del fallecido con 25.737,64 euros y declara la responsabilidad civil subsidiaria del Centro ATADES (centro donde estaban internados tanto la víctima como el acusado) y la responsabilidad civil directa de la compañía aseguradora AXA.

Los hechos ocurrieron el 7 de junio de 2023 en el centro de ATADES ubicado en Alagón cuando el acusado, de 27 años de edad y que debido a su patología se encontraba nervioso, atacó a la víctima, de 75 años de edad, propinándole una paliza que días más tarde ocasionaría su fallecimiento.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno y ya ha sido declarada firme.