Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La Guardia Civil ha comunicado el hallazgo de una trampilla que da acceso a un sótano en el chalé que había pertenecido a la familia del único acusado
La Audiencia Provincial de Valladolid, competente para juzgar a un hombre por la muerte de una joven en Traspinedo, ha devuelto la causa a la plaza 5 de la sección de instrucción del Tribunal de Instancia de la capital por ser "el órgano jurisdiccional encargado de la investigación" para que, de este modo, "resuelva lo que estime oportuno" tras recibir un oficio de la Guardia Civil en la que se comunica el hallazgo de una trampilla que da acceso a un sótano en el chalé que había pertenecido a la familia del único acusado.
La Guardia Civil presentó ayer un atestado en el órgano que instruyó la causa. La titular del mismo, que ya no tenía competencia sobre el procedimiento desde el momento en que, meses atrás, lo elevó a la Audiencia para el enjuiciamiento, ha remitido hoy el escrito de la Benemérita a dicho tribunal, para poner los hechos en conocimiento de este órgano, que ya estaba realizando los trámites para el señalamiento del juicio por jurado popular.
La Audiencia también ha recibido hoy un escrito de la Fiscalía pidiendo "la devolución de las actuaciones a los efectos de que se practiquen las diligencias de información suplementarias indispensables".
En su auto, la magistrada presidenta del jurado popular, que sólo tiene competencia para juzgar, resuelve devolver la causa a la magistrada instructora, que es la que tiene competencias para investigar.
La Audiencia no se pronuncia sobre la oportunidad de practicar nuevas diligencias y deja que sea la instructora la que resuelva "lo que estime oportuno" ante la petición del Ministerio Público.