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El magistrado aplica a la condenada la agravante de parentesco mientras que aprecia en el autor material del crimen la atenuante de colaboración con la justicia. La sentencia establece una indemnización total de 250.000 euros a favor de los padres de la víctima
La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha impuesto 22 y 17 años de prisión, respectivamente, a la mujer y el hombre a los que un jurado popular declaró culpables del asesinato del marido de ella, perpetrado en un garaje del barrio de Patraix, en la capital de la provincia, el 16 de agosto de 2017.
La sentencia establece que ambos son autores de un delito de asesinato con alevosía. En el caso de la condenada, el fallo aplica la circunstancia agravante de parentesco, mientras que en el del penado, autor material del crimen, aprecia la atenuante de colaboración con la justicia.
El magistrado que presidió este tribunal del jurado ha fijado además una indemnización conjunta y solidaria de un total de 250.000 euros en favor de los familiares de la víctima: 100.000 para cada uno de sus padres y 50.000 para su hermano.
La resolución judicial, de conformidad con el veredicto del jurado, declara probado que Salvador R.L. esperó a la víctima en el interior del garaje donde ésta guardaba el coche y, “de manera súbita e inesperada”, le asestó seis cuchilladas que le causaron la muerte en pocos minutos.
Este acusado había planificado el crimen “de común acuerdo” con la mujer del fallecido, María Jesús M.C., quien le había facilitado la llave para entrar al garaje, “así como información precisa sobre los horarios de su marido, el número de la plaza, modelo y matrícula del vehículo”.
Tras perpetrar el asesinato, Salvador R.L. se cambió de ropa y se deshizo de los guantes y del cuchillo que había utilizado en una poza séptica de una finca de su propiedad.
Unas horas más tarde –siempre según la sentencia-, entre las 13.30 y las 14 horas del mismo día, se reunió con María Jesús M.C. en el domicilio de la hermana de ella para confirmarle que había ejecutado el crimen.