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El tribunal le impone la obligación de indemnizar a las víctimas con 92.665 euros y, a la empresa afectada, en concepto de daño moral, con 30.000 euros
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra condena a cuatro años y ocho meses de cárcel a un acusado como autor de delitos continuados contra la propiedad industrial, falsedad en documento mercantil y estafa.
La Sala entiende probado que el sospechoso, en su calidad de administrador de una empresa, importó desde China y comercializó máquinas de cirugía estética rotuladas, sin autorización, con marcas registradas, lo que generó un perjuicio a los compradores y a la empresa titular de las marcas.
“Los compradores, que regentan clínicas de estética, que habían adquirido las citadas máquinas, a raíz del mal funcionamiento de las mismas o ante la falta de respuesta en el servicio post venta por parte del vendedor, se pusieron en contacto con los laboratorios a fin de obtener información sobre estos aparatos, sin que la marca los hubiese vendido, ni autorizado su venta”, subrayan los magistrados en la sentencia.
Además de la pena de prisión, el tribunal le impone la obligación de indemnizar a las víctimas con un total de 92.665,61 euros y, a la empresa afectada, en concepto de daño moral, con 30.000 euros. Además, acuerda el comiso y destrucción de la mercancía intervenida.
La sentencia no es firme, pues cabe interponer recurso de apelación ante el TSXG.