La Audiencia de Pontevedra condena a 13 años y medio de cárcel al autor del crimen de Coia, en Vigo

El Tribunal del Jurado tuvo en cuenta las atenuantes de alteración psíquica, miedo y confesión

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Comunicación Poder Judicial

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado, de conformidad con el veredicto del tribunal del jurado, a 13 años y medio de cárcel al vecino de Coia que asesinó a un hombre al que conocía desde hacía años a las puertas de su casa la noche del 6 de abril de 2024. El acusado fue declarado culpable de un delito de asesinato, concurriendo las atenuantes de alteración psíquica, miedo y confesión, y otro de tenencia de armas prohibidas. 

La magistrada presidenta indica en la sentencia que le abrió la puerta de su vivienda portando una escopeta, con la que realizó dos disparos, uno de los cuales lo efectuó a menos de un metro de distancia de la víctima, impactando en su mejilla y región cervical izquierda, lo que le causó heridas que afectaron a zonas vitales. 

En la resolución recalca, tal y como concluyó el jurado popular, que disparó “aceptando el resultado mortal que podría ocasionar”. Además, subraya que la víctima “no tuvo oportunidad de reaccionar ni de defenderse, dada la forma en que se produjo el ataque”. Por lo tanto, los jurados entendieron acreditado el ánimo de matar y la concurrencia de alevosía. 

Los disparos los realizó, según consta en el fallo, con una escopeta de caza que guardaba en su casa, con el número de serie parcialmente limado e ilegible, para la que carecía de licencia. 

De conformidad con el veredicto, la magistrada señala que el acusado, en el momento de los hechos, tenía su capacidad volitiva levemente mermada al estar diagnosticado de trastorno mental y de comportamiento, debido al consumo de alcohol y opioides. Además, había consumido cocaína y cannabis. 

También afirma que “actuó por pánico o terror tal, ante la presencia de la víctima con un cuchillo y una barra de acero, que limitó levemente su capacidad de actuar de otra manera”. En la sentencia indica que, cuando ya estaba detenido por la policía como posible autor de los hechos, confesó la autoría, lo que contribuyó de forma eficaz a la investigación. 

La magistrada señala que el Tribunal del Jurado desarrolló “de forma lógica” las razones que llevan a considerar al acusado culpable de los hechos que se declaran probados. Algunas de las fuentes de prueba que tuvo en cuenta son: la confesión del sospechoso, el informe forense en el que constan las lesiones realizadas con arma de fuego, así como una herida incompatible con la vida, y el informe de criminalística de investigación de los disparos. 

La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.