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No se ha podido probar que fuera ella quien consultó los datos médicos
Santander, 12 de septiembre de 2025.-
La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a una técnico de laboratorio de Valdecilla del delito de descubrimiento de secretos por el que venía siendo acusada, al considerar que no se ha podido probar que fuera la persona que consultó datos médicos de una compañera de trabajo.
En una sentencia que no es firme porque contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal, la Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria señala que sí ha quedado acreditado el acceso a esos datos mediante el nombre de usuario y contraseña de la acusada.
Sin embargo, dado que en la madrugada en que tuvieron lugar los hechos al menos tres personas trabajaban en el laboratorio y que en dichas fechas “era habitual que todos los trabajadores, incluidos los que habían trabajado en turnos anteriores, dejaran abiertas sus sesiones de usuario”, “no cabe sostener con el grado de certeza exigible en materia penal que dicho acceso inconsentido fuera llevado a cabo personalmente por la acusada”.
En este sentido, señala la sentencia que la acusada “en todo momento ha negado haber sido la persona que llevó a cabo dicho acceso” y “mantuvo que cualquier persona pudo haber accedido a las aplicaciones aprovechando que ella tenía su sesión abierta”.
Esta afirmación es, para el tribunal, “altamente probable, al haber sido corroborada por lo declarado por la propia víctima, así como por dos compañeras de trabajo que en esas fechas trabajaban con la acusada”.
La víctima, “en el acto del plenario manifestó que, efectivamente, en dicha fecha era frecuente que los trabajadores se dejaran las sesiones abiertas en el laboratorio”, y que “se trabajaba con cualquier ordenador”.
También compareció como testigo el inspector médico del expediente de investigación que se inició tras la denuncia interpuesta por la víctima, quien confirmó que “las aplicaciones no se bloqueaban de forma inmediata”; y un técnico informático, que manifestó que “era posible que en cada equipo existiera más de una sesión abierta”.
Por todo ello, la Audiencia da por acreditados los hechos, pero no que la acusada fuera la autora de los mismos, y es que la probabilidad de que fueran cometidos por cualquier persona presente en el laboratorio “impide a esta Sala alcanzar el pleno convencimiento acerca de la autoría de la acusada”, concluye.