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El tribunal les impone una pena de seis meses de prisión y multa de 540 euros como autores de un delito continuado de estafa con las atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a seis meses de prisión y una multa de 540 euros al socio único y al comercial de una mercantil como autores de un delito continuado de estafa en la venta de vehículos de segunda mano.
En una sentencia dictada de conformidad y contra la que no cabe recurso, el tribunal declara probado que ambos, actuando de común acuerdo y en “ejecución de un plan concertado”, llevaron a cabo una “multitud de operaciones” entre finales de 2016 y principios de 2018 con el objeto de lucrarse con el precio de los vehículos de segunda mano que vendían.
Según consta en la resolución, ambos faltaban a la verdad sobre el estado de los vehículos, no respetaban las reservas hechas, realizaban dobles ventas, ocultaban el kilometraje real de los coches y su estado “a sabiendas de que a los pocos días aparecerían anomalías y averías”, entre otras “malas prácticas empresariales tendentes a lucrarse a través del engaño” a unos clientes que adquirían los vehículos “en la creencia errónea de que eran aptos para circular”.
El tribunal aprecia la atenuante de reparación del daño porque los condenados han consignado 41.001 euros destinados a satisfacer la responsabilidad civil correspondiente a 20 perjudicados, cuyas indemnizaciones ya han quedado fijadas. Respecto a otros 13 afectados, la cuantía se determinará en ejecución de sentencia.
También reconoce que la causa ha estado paralizada en diversos periodos por causas no imputables a los acusados, de ahí que a la hora de establecer la condena aplique asimismo la atenuante de dilaciones indebidas.
Finalmente, el tribunal acuerda suspender la ejecución de la pena de prisión durante dos años, siempre que los condenados no vuelvan a delinquir en ese periodo y satisfagan la responsabilidad civil de los afectados cuya cuantía se fijará en ejecución de sentencia