La Audiencia de A Coruña impone nueve años de cárcel al autor de una violación en las inmediaciones de una discoteca

La Sala entiende probado que abusó “de la vulnerabilidad” de la víctima, quien, “por su intenso estado de embriaguez”, carecía “de capacidad de comprensión y decisión”

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Comunicación Poder Judicial

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a nueve años de cárcel a un vecino de la ciudad por violar, durante la madrugada del 2 de febrero de 2024, a una mujer ebria en los alrededores de una discoteca ubicada en el Puerto. 

El tribunal ha acordado que, una vez cumplidos ocho años de prisión, el año se sustituya por su expulsión del territorio español, al que no podrá regresar en diez años. Además, le ha impuesto la prohibición de aproximarse y de comunicarse con la víctima, a la que deberá pagar una indemnización de 33.317 euros, durante 15 años. 

La Sala subraya que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual con acceso carnal, sin violencia o intimidación, y sin que medie consentimiento, “porque se abusa de la vulnerabilidad de quien, por su intenso estado de embriaguez, carece de capacidad de comprensión y decisión”. 

El tribunal, tras las pruebas practicadas, entre ellas la visualización de las cámaras de seguridad de la zona, considera probado que la mujer, tras haber consumido unas copas de vino, acudió con dos amigas a una discoteca situada en la avenida do Porto de A Coruña. Nada más acceder al establecimiento, según indican los magistrados, pidieron varias consumiciones alcohólicas y fueron a un reservado con conocidos de una de ellas. Minutos después, la víctima “empezó a sentirse desorientada y a tambalearse, lo que advirtió una de sus amigas, quien, al verla en ese estado, salió con ella de esa parte de la sala”. 

En la sentencia, los jueces señalan que la afectada accedió, sin autorización para ello, a una zona de reservados, molestando a otros clientes. Ante su actitud, el relaciones públicas del local le requirió que cesase, pero no lo hizo y se mostró agresiva con él, por lo que fue expulsada del local. 

“Entre las 03:30 y las 04:16 horas, la joven intentó convencer a los controladores de entrada de la discoteca para que le permitieran volver al interior, donde había dejado el abrigo, teléfono móvil y las llaves de su domicilio, subiendo unas quince veces las escaleras de la citada puerta para ello (desplomándose y cayendo en una ocasión), sin conseguir su propósito”, relata la Audiencia en el fallo. 

En él, la Sala asegura que, a las 04:18 horas, “en estado de aguda intoxicación etílica, acaso combinada con otra sustancia, tropezando, con dificultad para mantener el equilibrio y perdida”, decidió abandonar el perímetro de la puerta principal y esperar en la explanada adyacente de Palacio de Exposiciones y Congresos (Palexco). 

Toda la secuencia en la calle, según considera probado el tribunal, fue observada por el procesado, “que rondaba por allí deambulando sin destino y se percató perfectamente de las muy mermadas circunstancias psicofísicas de la víctima, de manera que decidió aprovecharse de ello para satisfacer sus deseos sexuales”. Así, indica que “se aproximó y la cogió por la cintura cuando ella trataba de regresar a la discoteca”. 

La mujer, según relatan los jueces, intentó ir en otra dirección, pero no consiguió desasirse del acusado, que la llevó al lateral de Palexco, donde se cayó al suelo. En ese momento, el acusado, “sirviéndose de la incapacidad de autodeterminación de la mujer”, la violó. Al darse cuenta de los hechos dos testigos que pasaban por la zona, le llamaron la atención y dieron la alerta. 

Una vez que logró incorporarse, la víctima se marchó a su domicilio, pero, como no disponía de las llaves del piso, se durmió tirada en un felpudo delante de la puerta hasta que por la mañana el presidente de la comunidad de vecinos llamó a un cerrajero. 

La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.