La Audiencia Provincial condena a 16 años a una mujer por prostituir a su hija menor de edad

Los magistrados también condenan a otros tres miembros de la familia de la joven, conocida como el ‘clan de los Raducan’, a penas más de más de 15 años de prisión por estos hechos

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Comunicación Poder Judicial

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Rodica R. a 16 años de prisión por prostituir a su propia hija menor de edad y a otra menor; a su hijo Ionut Ramón R., a 16 años y seis menes de cárcel y a sus otros dos hijos Robert Emanuel R. y Dionisie Florín R. a 15 años y un día de cárcel por los mismos hechos.

Los magistrados consideran a estos cuatro procesados culpables de los  delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual relativo a persona menor de edad; pertenencia a una organización u asociación en concurso medial y prostitución coactiva relativo a persona menor de edad. Además, retiran la patria potestad de Rodica R. hacia su hija absuelven a Dafina Florina T., pareja sentimental de Dionise Florín, de toda responsabilidad penal derivada de los hechos enjuiciados.

La resolución establece que a principios de 2012 Rodica R. acordó con sus hijos, los procesados Ionut, Robert y Dionise, todos ellos mayores de edad y conocidos popularmente como el ‘clan de los Raducan’, el traslado de su hija menor de edad de Rumanía a España con el objeto de dedicarla al ejercicio de la prostitución bajo la estrecha vigilancia de sus hermanos, y en el beneficio económico de todos ellos.

En ejecución de dicho plan, la menor (A. A.) fue enviada a España, donde ya estaban instalados sus tres hermanos. Todos ellos aprovecharon la situación de superioridad que ostentaban sobre la joven y la circunstancia de encontrarse en un país totalmente desconocido para ella y sin otros vínculos familiares y sociales. Los procesados ejercieron así el control y una minuciosa vigilancia de la actividad de prostitución que realizaba la joven en el polígono industrial de Marconi, al sur de la Capital.

El clan familiar trató de igual modo a otra menor (A. M.), aprovechando en su caso que mantenía una relación sentimental con el miembro del clan Iount R.. Ionut obligaba a su novia a acudir a Marconi, aunque la menor no quisiera. La amenazaba en todo momento y, si consideraba que no había obtenido el suficiente dinero vendiendo su cuerpo, llegaba a agredirla físicamente.

La madre de la familia y el resto de los hermanos se encargaban, por su parte, de mantener la vigilancia y el control absoluto de los movimientos de las menores y determinaban el lugar, horario, precio y demás circunstancias del servicio, quedándose los mismos con la totalidad del dinero obtenido. Rodica R., además de lo anterior, se encargaba personalmente –según quedó acreditado en el transcurso de la vista oral- de concertar citas entre las menores A.M. y su hija A.A., con terceras personas de avanzada edad a cambio de un montante de dinero.

Contra esta resolución, que aún no es firme, cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.