La Audiencia Nacional propone juzgar a dos directivos de la armadora y al capitán del barco ‘Villa de Pitanxo’ por 21 homicidios por imprudencia y por delito contra los trabajadores

El magistrado recuerda que el barco no estaba autorizado para navegar en zonas de formación de hielo y que sus tripulantes no tenían formación sobre los riesgos de hipotermia

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Comunicación Poder Judicial

El titular de la Plaza 2 de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia ha propuesto juzgar a dos directivos de la empresa armadora del ‘Villa de Pitanxo’ y al capitán de la embarcación por la muerte de 21 tripulantes durante el naufragio ocurrido en febrero de 2022 en aguas de Terranova (Canadá). 

En el auto de pase a procedimiento abreviado el magistrado envía a juicio al administrador de Pesquerías Nores Marín, José Antonio N.R., al director de Flota, José Antonio N.O., y al capitán del barco Juan E.P. por 21 delitos de homicidio por imprudencia grave y por un delito contra los derechos de los trabajadores. 

Como responsable civil subsidiario, el instructor señala a la mercantil Pesquerías Nores Marín S.L. y a la entidad aseguradora como responsable civil directo. 

En su resolución, el magistrado hace un relato de la travesía del barco y de su hundimiento y señala diferentes factores que contribuyeron a que se produjera la inundación y hundimiento del buque como la sobrecarga no controlada, la falta de medidas de precaución ante la posibilidad de realizar una virada en condiciones meteorológicas muy adversas o la decisión del capitán de continuar el giro con mal tiempo, en lugar de tomar otras posibles alternativas más seguras. 

Además, apunta que el capitán dio la orden de abandonar el buque demasiado tarde al no ser consciente de la gravedad de la situación y que impidió una salida más ordenada de la nave que hubiera podido ser exitosa. “Cuando la dio, las posibilidades de salvarse eran muy reducidas”, afirma Moreno. 

También indica como otro factor determinante el hecho de que solo existiera una escalera desde la cubierta hasta los puntos designados para embarcar en las balsas salvavidas y que era inaccesible en el momento en el que se ordenó el abandono, lo que obligó a los tripulantes a utilizar otras vías. 

Igualmente, el auto apunta a la falta de familiarización de la tripulación con los medios de salvamento, los procedimientos de abandono y los riesgos específicos de navegación en aguas frías. En este sentido, recuerda que el ‘Villa de Pitanxo’ no estaba autorizado para navegar en zonas de formación de hielo y que sus tripulantes no tenían formación sobre los riesgos de hipotermia. 

De los 21 fallecidos, según el auto, doce de ellos no han aparecido y el resto murieron por ahogamiento o hipotermia. Otros tres, entre ellos el capitán, fueron rescatados con vida en el interior de una de las balsas salvavidas. 

Moreno menciona en su resolución que los trajes de inmersión tampoco habían sido revisados conforme a la normativa por lo que es probable que los mismos no estuvieran en perfectas condiciones. 

El auto también hace referencia a que las condiciones físicas de los tripulantes no eran las mejores, ya que el capitán había informado telefónicamente que al menos ocho de ellos estaban contagiados por Covid 19. 

El órgano judicial da un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones particulares para presentar su escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.