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El magistrado excluye de la causa un ‘pendrive’ con diversa documentación al concluir que ésta fue obtenida de forma ilícita
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado, en el marco de la investigación abierta a la familia Pujol, archivar la pieza separada conocida como la del ‘pendrive’. El juez excluye definitivamente todos los documentos incorporados a la causa a través de ese soporte informático, por haber sido obtenidos de forma ilícita; ahora bien, el magistrado deduce testimonio a los juzgados de instrucción de Madrid por si los hechos cometidos por el director adjunto operativo Eugenio Pino y el funcionario de su Gabinete Díez Sevillano pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación y/o falso testimonio o fraude procesal, sin perjuicio de ulterior calificación.
Además, el magistrado acuerda deducir testimonio que se remitirá al Ministerio del Interior, “a los efectos disciplinarios, honoríficos u otros que correspondan en relación con el director adjunto operativo Eugenio Pino Sánchez y el funcionario de su Gabinete Díez Sevillano, sin perjuicio del resultado de la investigación”. Siguiendo la reciente doctrina del Tribunal Supremo en relación con el llamado ‘caso Falciani’, De la Mata considera que las pruebas obtenidas de forma ilícita por quienes desempeñan funciones públicas deben ser excluidas de los procesos para evitar contaminaciones y que lejos de sobreproteger al presunto delincuente, de lo que se trata es de dejar claro, “singularmente a los poderes públicos y a los agentes de la autoridad, que está prohibido hacer trampas”.
En su auto el magistrado explica todas las diligencias que se han practicado hasta el momento para acreditar el origen de los documentos incorporados en el pendrive entregado al Comisario Principal de UDEF, con documentos que contenían informaciones sobre Jordi Pujol Ferrusola. Se trataba de determinar si esos documentos fueron legítimamente obtenidos. El magistrado recuerda que el informe policial sobre esta documentación, por su origen dudoso, se mantuvo siempre en una pieza separada como medida profiláctica, para evitar contaminación de la investigación.
Después de las diligencias practicadas, el juez concluye que no se ajusta a la realidad la afirmación de que los citados documentos proviniesen de la causa que se sigue en el juzgado número 14 de Barcelona y que tampoco de “mecanismos de cooperación policial, de inteligencia policial como también se llegó a afirmar porque UDEF no ha podido acreditar ni causa judicial, ni base de datos policiales de donde provinieran los mencionados documentos.
Lo que sí en principio el juez considera probado es que los documentos fueron entregados a UDEF por una persona vinculada a la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional, Diez Sevillano, “siguiendo instrucciones del director adjunto operativo Pino Sanchez”. El pendrive fue entregado por Diez Sevillano al Comisario Jefe de UDEF.
De la Mata concluye que no ha sido posible conocer el origen y ubicación de los documentos incluidos en el pendrive, ni “quien los obtuvo y cómo, ni la cadena de custodia de los mismos”.