El juez cita como investigados a consejero delegado de las bodegas Félix Solís y al administrador único de García Carrión en la causa por estafa en la comercialización de vinos Valdepeñas

En un auto, el magistrado acuerda dirigir el procedimiento como personas jurídicas contra las entidades certificadoras Sohiscert y Liec Agroalimentaria por cuanto podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados en este procedimiento

Autor
Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha citado como investigados al consejero delegado y presidente del Consejo de Administración de las bodegas Félix Solís y al administrador único de García Carrión para que declaren en la causa relativa a la comercialización, entre 2017 y 2019, como crianza, reserva y gran reserva de vinos que supuestamente no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo de envejecimiento ni en la permanencia en barrica de roble ni en botella. 

El administrador único de García Carrión está citado para el 4 de diciembre, a las 9 horas, mientras que el consejero delegado y presidente del Consejo de Administración de las bodegas Félix Solís deberá prestar declaración una semana más tarde, el día 11, a la misma hora. La causa se sigue por delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental.

En un auto, el magistrado acuerda dirigir el procedimiento como personas jurídicas contra las entidades certificadoras Sohiscert y Liec Agroalimentaria por cuanto podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados en este procedimiento.

Además, la resolución acuerda tomar declaración como testigo, el 23 de noviembre, al consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 2015 a 2019 y desde entonces consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, Francisco M.A. 

También se requiere a las mercantiles investigadas Félix Solís S.L., Félix Solís Avantis S.A., García Carrión S.A. y Grupo Vinartis S.A. para que, antes de ser llamadas a declarar ante el juez, subsanen los defectos de personación. 

En su resolución, el magistrado explica que desde que se admitió a trámite la querella de la Fiscalía, en abril de 2021, se han practicado una serie de diligencias dirigidas a determinar la naturaleza de los hechos y las personas que hubieran participado, entre ellas informes policiales, documentación de las mercantiles investigadas y de otras entidades e instituciones. 

Félix Solís 

De acuerdo con la documentación analizada, indica el auto, en el caso de Félix Solís se pone de manifiesto que los investigados “han llevado a cabo una comercialización de vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas con las menciones crianza, reserva y gran reserva, en cantidades muy superiores a la declaradas al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Valdepeñas, durante el periodo correspondientes a los años 2017, 2018 y 2019, introduciéndolo en el tráfico económico”. 

Dicha documentación, añade, evidencia una falta de concordancia entre los datos proporcionados por los diferentes organismos involucrados en la producción, control y certificación, que hace poner en duda la veracidad de la información proporcionada por los investigados, con independencia de la posible participación en los hechos del resto de operadores que intervienen en este proceso. 

Concretamente, la apuntada disfunción aparece del análisis de los datos relativos a las existencias de vino, salidas declaradas, declaraciones de aptitud, y parque de barricas. De esta manera, señala, al inicio del año 2017 los investigados tenían una cantidad considerablemente mayor de vino que la declarada al Consejo Regulador, ascendiendo la diferencia a 914.988 litros. Además, disponían de 605.480 litros de vino de reserva por encima de lo comunicado al Consejo Regulador. 

Por otra parte, expone el juez, aparece una diferencia de 4.608.437 litros entre las salidas declaradas al Consejo Regulador y la comercialización a trece empresas del territorio nacional. Concretamente, el vino reserva presenta un descuadre de 3.767.884 litros. Respecto a los datos facilitados a requerimiento judicial esta diferencia alcanza los 15.621.492 litros. 

García Carrión y Grupo Vinartis 

El juez señala que, al igual que con el anterior grupo de investigados, la documentación presentada, así como obtenida a través del Consejo Regulador, de la entidad certificadora Liec Agroalimentaria y de trece mercantiles compradoras, “pone indiciariamente de manifiesto que García Carrión S.A. y Grupo Vinartis S.A. y José G. C. también habrían comercializado vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas sin cumplir con los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble, ni en botella”. 

Apunta que la comparación entre los datos de declaración de aptitud proporcionados por estos investigados y la cantidad de vino comercializado a trece sociedades del territorio nacional pone de manifiesto que, en relación con los caldos con mención gran reserva 2018, se habrían comercializado más litros de los declarados como aptos, existiendo una discrepancia de más de seis millones de litros entre los datos de declaración de aptitud del Consejo Regulador y los litros comercializados por la bodega en el periodo 2017/2019. 

En cuanto a su capacidad productiva, los datos evidencian, advierte el magistrado, un insuficiente número de barricas para el necesario envejecimiento del vino comercializado, “lo que constituye otro importante indicio de la comisión de los hechos imputados, ya se parta de los dispares datos facilitados por el consejo regulador, entidad certificadora, e investigados”. 

Las entidades certificadoras como cooperadoras del delito 

El juez acuerda dirigir el procedimiento contra las certificadoras Sohicert SA. Y Liec Agroalimentaria SL por cuanto podrían haber actuado como cooperadores necesarios de los ilícitos penales investigados. “Ello, por cuanto la emisión de certificados de aptitud a sabiendas de que los datos en aquellos contenidos no se ajustan a la realidad, constituirán una aportación necesaria para la ejecución de los delitos objeto de investigación”, aclara. 

En el caso de Liec Agroalimentaria, por ejemplo, según expone el auto, entre 2019 y 2020 tramitó ante el Consejo Regulador declaraciones de aptitud por un volumen de aproximadamente 23.000.000 libros de vino envejecido. “No obstante, tal y como consta en los registros de la Denominación de Origen, no dispone de las barricas necesarias para producir esta cantidad en ese periodo de tiempo”. 

Sobreseimiento provisional de dos bodegas 

El instructor pide a la Fiscalía que se pronuncie sobre la posibilidad de decretar el sobreseimiento de la causa para las bodegas Navarro López y Fernando Castro, así como para sus representantes, dado que tras el examen de la documentación no se puede inferir que dichos investigados hubieran participado en una actividad ilícita en cuanto a la producción de vino bajo la Denominación de Origen Valdepeñas, al haber resultado negativos todos y cada uno de los marcadores utilizados para dicha inferencia.