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El magistrado, que investiga presuntos delitos de malversación y prevaricación, acuerda además prorrogar el plazo de instrucción otros seis meses
El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda citar a declarar como investigadas a un total de 18 personas, entre ellas un exconsejero y varios exviceconsejeros de la Junta de Andalucía, en una pieza separada por la “indebida” concesión de la ayuda en forma de aval por importe de 1.190.000 euros por parte de la Agencia IDEA a la sociedad Grupo TPM, Inversiones Plásticas TPM S.L.
En un auto notificado esta semana a las partes personadas en este procedimiento, el magistrado atiende la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción en informe de fecha 18 de diciembre de 2025 y cita a declarar a las 18 personas investigadas entre los próximos días 17 y 25 de febrero de 2026, y acuerda además ampliar y prorrogar el plazo de instrucción de la causa por otros seis meses adicionales (hasta el día 21 de junio del presente año).
Asimismo, el instructor acuerda librar oficio al director de la Agencia IDEA a fin de que, “a la mayor brevedad posible”, facilite al Juzgado “toda la información y documentación de que disponga (peticiones de informes, borradores, comunicaciones, informes, acuerdos, memorandums, actas de reuniones, propuestas, correos electrónicos, notas, etc...) sobre la concesión” de una serie de ayudas a esta sociedad, en concreto dos incentivos directos por importes de 1.040.366 euros y 106.639 euros, respectivamente, y dos incentivos reembolsables por importes de 10.159.820 euros y 903.717 euros.
En este sentido, el juez requiere al director de la Agencia IDEA que emita un informe sobre si las dos ayudas en forma de incentivos directos mencionadas ”han sido efectivamente abonadas por IDEA; incluyendo documentación justificativa”. De otro lado, acuerda también librar oficio a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil a fin de que, conforme a lo solicitado por la Fiscalía, amplíe atestado “practicando las diligencias pertinentes en orden a identificar a los directivos, responsables y/o representantes” del Grupo TPM “que habrían podido tener participación en la concesión, desarrollo, seguimiento y ejecución irregulares del aval, por importe de 1.190.000 euros, concedido por los responsables de la Agencia IDEA en favor” de esta sociedad.
El magistrado explica en el auto que, en este procedimiento, se investiga la presunta perpetración de delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, “sin perjuicio de posterior y definitiva calificación de los hechos”, vinculados con la “indebida” concesión de ayudas en forma de avales a Grupo TPM “sin concurrencia o cumplimiento de los requisitos y presupuestos objetivos habilitantes para ello (situación de crisis de la empresa y previsión de su viabilidad futura),
según los términos contenidos en la Orden de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía de 5 de noviembre de 2008 –y órdenes sucesivas-, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades coyunturales en Andalucía para los años 2008 y 2009 y demás normativa reguladora; así como la irregular concurrencia de aquéllas ayudas con otras sociolaborales o ayudas a empresas concedidas por la Dirección General de Trabajo y abonadas por la propia Agencia IDEA; habiéndose identificado hasta 19 empresas, además de Grupo TPM, en que concurriría dicha circunstancia”.
“Injustificada y arbitraria”
Al hilo de ello, el juez añade que, “según se deduciría de lo actuado, por parte de los responsables y personas vinculadas a la Agencia IDEA –o a la correspondiente Consejería de Adscripción- se habría utilizado de manera ilícita la figura de los avales (su concesión y ejecución), tanto de los denominados “propios o excepcionales” –no amparados en la Orden de 5 de noviembre de 2008-, como de los previstos y reglados como incentivos para empresas en crisis en la referida Orden –y sucesivas- como medio para hacer llegar fondos públicos a Grupo TPM de manera absolutamente injustificada y arbitraria”.
En el caso de Grupo TPM, el magistrado considera que “sería posible deducir que en la concesión de tales ayudas en forma de avales habrían mediado razones, no de legalidad, sino de arbitrario voluntarismo; careciendo dicho otorgamiento de razones técnicas que permitieran, desde una perspectiva jurídica y financiera, justificar la concesión de estas ayudas, las cuales, en conjunción con el otorgamiento de otras –ayudas sociolaborales por parte de la Consejería de Empleo por importe de 1.500.000 euros con cargo a la partida 31-L-, habría de responder y determinar una ilícita y progresiva “inyección continuada” de fondos públicos en favor de la mercantil Grupo TPM conculcando la legalidad vigente (...)”.
“Así, existirían indicios de la posible perpetración de delitos de prevaricación administrativa y malversación en relación a los hechos delictivos vinculados con la ilícita concesión de estas ayudas, en forma de avales, y de la irregular disposición de fondos públicos derivados de su ejecución en favor de Grupo TPM”, subraya el instructor, que seguidamente analiza el aval propio por importe de 1.190.000 euros concedido por IDEA a Grupo TPM en fecha 30 de septiembre de 2008, concedido “pese a que dicha empresa había sido previamente declarada en concurso voluntario de acreedores por medio de auto de 25 de enero de 2005”.