El juez apunta a 18 investigados en una presunta trama de regularización irregular de inmigrantes

El titular del juzgado de Instrucción número 8 de Murcia ordena continuar el procedimiento por delitos contra los derechos de los trabajadores, pertenencia a grupo criminal, falsedad documental, estafa, blanqueo de capitales y usurpación de estado civil. Los indicios apuntan a que los extranjeros debían pagar alrededor de los 5.000 euros para obtener el permiso de residencia a través de contratos de trabajo en empresas “de escasa o nula actividad”

Autor
Comunicación Poder Judicial

El magistrado del juzgado de Instrucción número 8 de Murcia, en auto notificado esta semana, acuerda que continúe el procedimiento contra 18 investigados por integrar una un grupo dedicado a ofrecer falsos contratos de trabajo a inmigrantes irregulares, principalmente africanos y magrebíes, en estado de necesidad, a través de empresas sin actividad, para regularizar su situación en España. Se cierra así la instrucción de una de las causas complejas que han motivado que este juzgado cuente con una juez de refuerzo durante tres meses. 

Gracias a que el refuerzo se ha ocupado de la actividad de este órgano en las últimas semanas, autorizado por la Unidad de Actuación en Causas Complejas (UACC) del Consejo General del Poder Judicial, a petición del Tribunal Superior, el titular ha dictado la resolución que pone fin a una investigación de más de 60 solicitudes de permiso de residencia, con un voluminoso el expediente digital judicial de más de 2000 acontecimientos. 

En el procedimiento está encausado, como principal investigado, el administrador de una asesoría, al que se considera organizador de la trama, y uno de sus hijos, encargado de la recepción del dinero por parte de los extranjeros y el control de pago de las cuotas y las altas y bajas en la Seguridad Social. Además, el procedimiento se dirige contra quienes figuraban como administradores de las empresas usadas como empleadoras, posibles testaferros. Por último, estarían inmersos en el procedimiento, ciudadanos extranjeros perjudicados por estos hechos, que a su vez han sido investigados por presuntos delitos de falsedad documental, por haber aportado, los citados falsos contratos de trabajo en los expedientes de residencia, logrando algunos de ellos quedar regularizados. 

Los hechos narrados podrían integrar, según detalla el auto, y “sin perjuicio de ulterior calificación”, delitos contra los derechos de los trabajadores, de pertenencia a organización o grupo criminal, falsedad documental, estafa, blanqueo de capitales y usurpación del estado civil. 

El titular alude, entre las diligencias de investigación practicadas que apuntan a esta conclusión, a los seguimientos policiales y las numerosas intervenciones telefónicas. Además, explica, se han hallado en los registros practicados “relevantes” documentos relativos a las contrataciones sospechosas. También se recogen en la resolución, los análisis de los equipos informáticos que apuntan a que uno de los investigados disponía de los certificados digitales que presuntamente le permitirían operar en nombre de las empresas contratadoras. 

Y, por último, subraya el auto, “especialmente incriminadoras han resultado las declaraciones de los testigos, algunos de ellos protegidos”. Testificales que acreditan “indiciariamente” que el principal investigado y su hijo “vendían contratos a los extranjeros, cobrando importantes precios por ello”. 

Todo ello lleva al instructor a concluir que hay indicios de la existencia de una trama de personas y empresas dedicadas a regularizar mediante contratos de trabajo irreales a inmigrantes en estado de necesidad, solicitando altos precios de los que se lucraba el autor principal. Investigado, que según la resolución habría “utilizado a todo el mundo, a inmigrantes, empresas, testaferros, etc., con el único fin de enriquecerse personalmente, y ello abusando de la penuria y miseria de ciudadanos débiles y desesperados, llegando a presentarse en la sede judicial como una especie de redentor o mesías salvador”. Y, por tanto, “indicios bastantes para avanzar a la fase de acusación”. 

Además, el magistrado entiende que no ha lugar a levantar las medidas cautelares existentes, refiriéndose al bloqueo de cuentas bancarias, y ello porque es la única forma de garantizar que, en el futuro, y en caso de recaer posible sentencia de condena, se pueda proceder al reintegro a las víctimas de las cantidades detraídas. “Téngase en cuenta que la mayoría de los extranjeros han reclamado, manifestando que pagaron ingentes cantidades a los investigados”. 

La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de reforma y/o apelación.