El Tribunal Supremo confirma que Uralita debe indemnizar también a los vecinos de una de sus fábricas afectados por contaminación ambiental

El total de la indemnización supera los 2,3 millones de euros

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Comunicación Poder Judicial

Una sentencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal ha confirmado que Corporación Industrial de Materiales de Construcción S.A. (antes Uralita) debe pagar indemnizaciones por los daños causados por la actividad industrial que la empresa desarrolló en Cerdanyola del Vallés (Barcelona) entre 1907 y 1997, que afectó a 39 personas, entre las que no solo figuran familiares de trabajadores de la planta, sino también vecinos que vivían en las proximidades de la fábrica y que han sido perjudicados por su contaminación ambiental (emanaciones y residuos procedentes de la misma).

El total de la indemnización supera los 2,3 millones de euros, y el Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de los afectados en el sentido de incluir en ella el daño moral derivado de las placas pleurales.

Se adjunta nota informativa de la Sala.