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La modificación del Plan General Municipal, promovida por ‘Parque Solar Cáceres’, tenía como fin regular la instalación de plantas para la producción de energía fotovoltaica en parte del Suelo No Urbanizable de Protección de Llanos
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de la Comunidad autónoma de Extremadura, del Ayuntamiento de Cáceres y de ‘Parque Solar Cáceres’ contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 30 de diciembre de 2021, que anuló la Resolución -1 de diciembre de 2020 (DOE del día 17)- de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Comunidad Autónoma que había aprobado definitivamente una modificación puntual del Plan General Municipal, promovida por ‘Parque Solar Cáceres, S.L.’, para regular la instalación de plantas para la producción de energía fotovoltaica en parte del Suelo No Urbanizable de Protección de Llanos.