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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias respecto a un ex alcalde de La Línea de la Concepción (Cádiz) por prevaricación.
En la sentencia 357/2012, de 16 de mayo, el Alto Tribunal rechaza el recurso de casación interpuesto por el ex alcalde y confirma la condena de siete años de inhabilitación que en mayo de 2011 le impuso la Audiencia Provincial de Cádiz.
El Supremo confirma así la sentencia que le declaró culpable de un delito de prevaricación por realizar contrataciones irregulares de empleados municipales en 1999, cuando era alcalde bajo las siglas del Grupo Independiente Liberal (GIL).
La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Diego Ramos Gancedo, confirma también las condenas para el entonces delegado municipal de Fomento y el de Medio Ambiente. La resolución del Supremo recuerda que quedó acreditado que se hicieron nueve contrataciones con "manifiesta injusticia y arbitrariedad" y se vulneraron ”los principios elementales de la contratación pública" para "repartir esos trabajos entre personas afines políticamente al equipo de gobierno entrante de las elecciones", y eso a sabiendas de la delicada situación económica de las arcas municipales.
En la sentencia 340/2012, de 30 de abril, el Tribunal Supremo estima íntegramente el recurso de casación interpuesto por el mismo ex alcalde contra otra sentencia, dictada en el llamado ‘caso Roseworld’. En esta ocasión, el ex alcalde había sido condenado en marzo de 2011 a siete años y medio de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación por irregularidades en la venta de cuatro parcelas municipales a esta empresa.
Se adjuntan las sentencias 357/2012, de 16 de mayo, cuyo ponente ha sido el magistrado Diego Ramos Gancedo, y la 340/2012, de 30 de abril, que ha tenido como ponente al magistrado Julián Sánchez Melgar. En ambas el condenado era el mismo ex alcalde de La Línea de la Concepción (Cádiz).