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La Sala de lo Penal considera que los hechos no son constitutivos de ilícito penal alguno
La Sala Segunda del Tribunal Supremo inadmite a trámite y archiva la querella planteada por el sindicato Manos Limpias contra el eurodiputado de Podemos Pablo Iglesias por varios presuntos delitos: desobediencia, contra los derechos de los trabajadores, organización criminal o alternativamente asociación ilícita, apropiación indebida o alternativamente delito societario de administración desleal, tráfico de influencias, cohecho o alternativamente corrupción entre particulares, y delito contra la Hacienda Pública.
El Supremo considera que los hechos no son constitutivos de ilícito penal alguno.