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El procesado, que tenía una relación muy intensa con la familia de la menor, similar a la de unos abuelos maternos, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 8 años y deberá indemnizarla con 6.000 euros
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a 5 años y un día de prisión impuesta el pasado marzo por la Audiencia Provincial a un acusado que realizó tocamientos a una niña de 9 en una localidad de Tierra Estella.
Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el inculpado, autor de un delito continuado de abuso sexual sobre menor de 16 años, con la circunstancia agravante de prevalimiento por la relación de parentesco —esposo de tía abuela—, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 8 años.
Además, el procesado, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años. En concepto de responsabilidad civil, indemnizará a la menor con 6.000 euros por el daño moral.
El encausado perpetró a cabo los tocamientos en tres ocasiones, dos al menos con anterioridad a marzo de 2020 y una en agosto de 2021.
La menor presenta malestar emocional y recibe apoyo psicológico tras los hechos.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que desestima el recurso de la defensa, considera que la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial valoró racionalmente las declaraciones de los menores y las pruebas periciales. Añade que los testimonios de los menores —la víctima y su hermano mellizo—, así como las pruebas psicológicas, muestran coherencia y consistencia en su relato.
Para el Tribunal, las pruebas psicológicas y entrevistas reflejan malestar emocional, sentimientos de culpabilidad y confusión, pero no indican simulación ni alteración intencional, y fueron realizadas con técnicas apropiadas.
Asimismo, la Sala destaca que la madre y otros testigos describieron la situación y la reacción de los menores, apoyando la versión de hechos denunciados y la percepción de la madre sobre la conducta del encausado.
La menor no mostró conocimiento previo de la gravedad de los hechos, lo que, a juicio de los magistrados, refuerza su veracidad. Su reacción posterior y los síntomas psicológicos que padece, apostillan los jueces, apoyan la sinceridad de su relato, en el que no se aprecian indicios de falsedad.