El TSJIB confirma la condena de tres años de prisión por apropiación indebida al administrador de una funeraria a la que causó un perjuicio económico de 99.121,58 euros

Tendrá que indemnizar a su socia con 5.000 euros por daño moral

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Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha confirmado la condena de tres años de prisión y multa de 4.500 euros que la Audiencia Provincial impuso al administrador de una funeraria por apropiación indebida e insolvencia punible. Además, deberá indemnizar a la mercantil con 99.121,58 euros y su socia con 5.000 euros por daño moral.

La sentencia relata que el acusado era el administrador único y socio del 50% de una empresa funeraria, siendo la otra mitad participada por la perjudicada. Desde el 19 de marzo de 2019 hasta el 2 de enero de 2022, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, realizó cargos de gastos personales a la cuenta de la mercantil. Asimismo, la actividad de la sociedad refleja impagos de un préstamo, incumplimiento de sus obligaciones salariales con los trabajadores, reclamaciones por impago de las tasas funerarias, etc. Además, el acusado se incrementó el salario y el de su pareja sin causa justificada, contrató un renting de un coche de alta gama a cargo de las cuentas de la funeraria. Esta situación derivó en embargos bancarios a su socia por créditos de la empresa que ella había avalado de forma personal. Al no poder responder con la deuda fue inscrita en los registros de morosos.

A consecuencia de los hechos, la funeraria sufrió un perjuicio económico que ascendió a 99.121,58 euros y la perjudicada ha tenido que recibir tratamiento médico por ansiedad.

“La calificación jurídica de los hechos se revela acorde con el resultado de la prueba de cargo practicada, que se considera apta y suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia”, expone la Sala.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación.