Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El tribunal considera que existe prueba suficiente y coherente para acreditar la autoría
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado íntegramente la condena de seis años de prisión impuesta a un hombre por un delito de tentativa de homicidio cometido en la ciudad de León.
Los hechos se remontan a la madrugada del 31 de agosto de 2024, cuando el acusado, tras una discusión a la salida de un establecimiento de ocio nocturno, agredió a otro varón con un arma blanca.
Durante el altercado, le asestó una puñalada en el cuello y otra en el hombro, provocándole graves lesiones que requirieron intervención quirúrgica y un largo proceso de recuperación.
La víctima sufrió heridas de especial gravedad (daños musculares, afectación de una rama de la yugular y lesiones pulmonares) y permaneció varios días en la UCI. El tiempo total de curación superó los 200 días, quedándole secuelas neurológicas y estéticas.
Prueba suficiente
El alto tribunal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa, que alegaba vulneración de la presunción de inocencia, errores en la valoración de la prueba y una incorrecta calificación jurídica de los hechos.
Los magistrados consideran que existió prueba suficiente, coherente y válida para acreditar la autoría del acusado, incluyendo los testimonios de la víctima y los testigos, y los informes periciales.
Asimismo, el TSJCyL respalda la calificación de los hechos como tentativa de homicidio, al entender que el ataque con un arma blanca dirigido al cuello -zona vital del cuerpo humano- evidencia, al menos, la asunción del riesgo de causar la muerte.
Además de la pena de prisión, se mantienen la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante nueve años, así como la obligación de indemnizarla con más de 41.080,84 euros por las lesiones causadas.
La resolución no es firme y cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.