El TSJCyL condena por prostitución lucrativa e inmigración ilegal a los responsables de dos pisos de Burgos donde se ejercía esta actividad

La Sala revoca parcialmente la absolución dictada por la Audiencia Provincial y reconoce indemnizaciones para las mujeres afectadas

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha revocado parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos y ha condenado a cuatro personas por delitos relacionados con la explotación lucrativa de la prostitución y la inmigración ilegal de mujeres colombianas trasladadas a Burgos para ejercer esa actividad, al considerar acreditado que se aprovecharon de su situación de vulnerabilidad económica y les impusieron condiciones abusivas de trabajo. En la sentencia, el tribunal además ha reconocido indemnizaciones de 20.000 euros para cada una de las diez mujeres perjudicadas. 

La Sala ha considerado probado que varias mujeres viajaron desde Colombia a España con la intención de ejercer la prostitución, asumiendo deudas derivadas de los gastos de viaje, alojamiento y manutención. Aunque el tribunal ha descartado que fueran captadas mediante engaño, amenazas o coacciones y ha mantenido la absolución por el delito de trata de seres humanos, ha concluido que, una vez en Burgos, quedaron sometidas a condiciones de ejercicio de la prostitución “gravosas, desproporcionadas y abusivas”. 

Según la resolución, las mujeres residían en pisos gestionados por los acusados, debían mantener una amplia disponibilidad horaria para atender a los clientes y desarrollaban tanto servicios en las viviendas como desplazamientos a otros lugares cuando eran requeridas. La Sala ha entendido que los responsables de los inmuebles obtuvieron beneficios económicos directos de esa actividad y se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad de las mujeres, derivada de sus necesidades económicas, la deuda contraída para viajar y su situación administrativa en España. 

Por estos hechos, el TSJCyL ha condenado a los dos principales acusados como autores de delitos continuados de favorecimiento de la inmigración ilegal en concurso con varios delitos de prostitución lucrativa, imponiéndoles penas de dos años y seis meses de prisión por cada uno y multas. Asimismo, otros dos acusados han sido condenados como cómplices de la actividad a penas de un año de prisión por cada delito. Además, la Sala ha mantenido la condena impuesta a uno de los principales acusados por un delito contra la salud pública relacionado con la posesión y distribución de sustancias estupefacientes. 

La resolución también ha fijado indemnizaciones de 20.000 euros para cada una de las diez mujeres afectadas por el daño moral sufrido como consecuencia de las condiciones en que desarrollaron la actividad. Sin embargo, ha confirmado la absolución respecto de los delitos de trata de seres humanos, organización criminal y blanqueo de capitales al considerar que no se acreditaron los requisitos exigidos para su apreciación. 

La Sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.