El TSJ de Murcia avala la exclusión de un aspirante a Guardia Civil por falta de autocontrol y adaptación
La Sala de lo Contencioso confirma la calificación de “no apto” en la entrevista personal del órgano calificador del Cuerpo. Considera que la decisión estuvo motivada, fue ajustada a las bases de la convocatoria y se adoptó dentro del ámbito de la discrecionalidad técnica
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- Comunicación Poder Judicial
La Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) desestima el recurso presentado por un aspirante a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil contra la resolución que le declaró no apto en la entrevista personal celebrada en octubre de 2022.
La Sala confirma que el expediente administrativo contenía información suficiente sobre la prueba, en la que los evaluadores apreciaron un déficit en las competencias de autocontrol y adaptación. En el acta de la entrevista se recogió que “el aspirante cuando comienza a hablar lo hace de manera rápida y nerviosa, se le interrumpe y se le pide que hable más despacio puesto que es difícil entenderle, continua de la misma manera (…). Se le hace hincapié en que se relaje, se le hace salir para que se sosiegue, pero cuando vuelve y se continua con la entrevista, sigue muy nervioso sin conseguir relajarse, hablando de manera muy rápida”.
Asimismo, se valoró la dificultad del aspirante para ajustarse a las demandas de la prueba en el plano de la comunicación escrita, con una caligrafía difícilmente legible.
La sentencia recoge también que, en el trámite de revisión, “el aspirante admite haber realizado una mala gestión de sus nervios, siendo consciente durante el desarrollo de toda la entrevista de que este hecho estaba interfiriendo negativamente a la hora de comunicarse con los entrevistadores”. El guardia civil debe estar preparado para afrontar con valor, abnegación y espíritu de servicio las actuaciones que se derivan de sus
misiones, así como hacer un empleo legítimo de la fuerza, sin embargo, en el momento actual, el candidato no muestra habilidad suficiente para manejar adecuadamente las situaciones de sobrecarga o estrés, que por la naturaleza de las misiones del Cuerpo se encontrará tanto en el periodo de formación como en su actividad laboral, subraya el informe emitido por el Comandante del Servicio de Psicología de la Guardia Civil.
La Sala concluye, por tanto, que la motivación ofrecida por el órgano calificador fue razonable y conforme a las bases de la convocatoria, y, con base en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, recuerda que el control judicial de estas pruebas se limita a verificar que la decisión técnica esté motivada y no incurra en arbitrariedad. En consecuencia, se confirma la calificación de no apto y se desestima el recurso interpuesto, sin imposición de costas.
La sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los términos previstos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.