El TSJ de Madrid confirma la sentencia que absolvió al acusado de realizar una pintada en la tumba de Franco

Los magistrados de la Sala Civil y Penal consideran que el acusado ni perturbó el rito católico de la misa ni faltó al respeto debido a la memoria de los muertos

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Comunicación Poder Judicial

 

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la sentencia que absolvió al artista acusado de pintar una paloma de la paz con el texto “por la libertad” en la tumba de Francisco Franco, tras desestimar el recurso presentado por la Asociación en Defensa del Valle de los Caídos, para cuyos responsables la Audiencia Provincial de Madrid debería haberle condenado por un delito contra la libertad de conciencia y otro de profanación y daños en tumba.

En sintonía con lo manifestado en la resolución de primera instancia, los magistrados de la Sala Civil y Penal consideran que el acusado ni perturbó el rito católico de la misa ni faltó al respeto debido a la memoria de los muertos, ya que “no hay prueba ni indicio” de que su intención al dibujar la paloma en la lápida funeraria cuando iba a comenzar la misa de las doce del mediodía del 31 de octubre del 2018 “fuera la de atentar contra la libertad de conciencia o los sentimientos religiosos”.

Más bien al contrario, los jueces señalan que “la acción desarrollada por el acusado no estuvo motivada por un doloso propósito de impedir la celebración de la misa, que ni siquiera había comenzado, y que, en todo caso, se vio retrasada unos momentos”, ni que ésta se viera interrumpida de forma “violenta ni intimidatoria, ni tumultuaria del culto, necesaria para la apreciación del delito”.

Finalmente, los magistrados tampoco consideran que en el juicio oral quedara acreditado, tras toda la prueba practicada, que concurriera en el acusado ánimo de ultraje.

Frente a esta resolución cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.