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La sentencia destaca el ataque sorpresivo de la agresión a la víctima, a quien tendrá que indemnizar con 46.806,50 euros por secuelas estéticas y psicológicas
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha rechazado el recurso de una mujer y confirma la condena de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial por un delito de lesiones con instrumento peligroso y deformidad, con la obligación de indemnizar a la víctima con 46.806,50 euros por los daños ocasionados y secuelas estéticas.
La procesada, de 27 años y con antecedentes por delito leve de maltrato, atacó sorpresivamente a la perjudicada con un vaso de cristal en una discoteca de Logroño, provocándole múltiples heridas en su rostro. Además de las contusiones, la agresión ha generado en la víctima un trastorno psíquico postraumático que ha precisado de tratamiento psicológico.
La Sala de lo Civil y Penal señala que concurre “sin lugar a duda alguna”, el ánimo subjetivo de lesionar de la acusada a la denunciante, tal y como reza la sentencia recurrida: <ese elemento de búsqueda del objeto para arrojarlo, el elegir un vaso largo de cristal, el arrojarlo a una distanciar elativamente cercana de la otra persona, y lanzarla con fuerza y directamente contra el rostro de la otra persona pone de manifiesto un evidente ánimo lesivo respecto de las consecuencias que pudiera producir en la otra persona el impacto del vaso de cristal en la cara...>".
Y concluye que las circunstancias acreditadas en la forma y desarrollo en las que se produjo el suceso evidencian el “ánimo lesivo” con la aceptación de las consecuencias que se pudieran producir -y se produjeron- en el rostro de la víctima, desestimando el recurso de apelación y confirmando la sentencia en su integridad.