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La Sala tiene en cuenta el reconocimiento de los hechos y el arrepentimiento del letrado y le impone 420 euros de sanción, la mitad del coste de la suscripción a un servicio de inteligencia artificial jurídica fiable
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha impuesto una multa de 420 euros a un abogado como autor de una actuación contraria al deber de veracidad y a las reglas de la buena fe con abuso del servicio público de la Justicia, consumada al introducir hasta 48 citas de jurisprudencia falsas, generadas por Inteligencia Artificial, en un recurso de apelación.
Además de la multa, el Tribunal acuerda dar traslado de su decisión y de los antecedentes al Colegio de Abogados del afectado, a fin de que “si procediera, depure las responsabilidades disciplinarias en que haya podido incurrir”.
Según el auto que dispone la sanción, el abogado, en la elaboración de un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del TSJC contra un fallo de la Audiencia Provincial de Salta Cruz de Tenerife, se valió de una herramienta de Inteligencia Artificial “generalista” -es decir, no de una solución específicamente diseñada en el ámbito jurídico- para introducir en la fundamentación hasta 48 citas de sentencias del Tribunal Supremo y un informe del Consejo General del Poder Judicial que supuestamente avalaban su postura en el pleito y que, en realidad, no existían, según verificó la documentalista del TSJC.
La Sala advierte que el abogado no sometió a “revisión ni verificación alguna” que las citas se correspondieran con resoluciones o informes reales: “No contrastó que los números de sentencia, las fechas y los identificadores existieran efectivamente”, resalta, y “no verificó los datos de salida de la herramienta de IA con las bases de datos de jurisprudencia -señaladamente, la del Centro de Documentación Judicial (Cendoj), de acceso universal y gratuito- para confirmar siquiera una de esas referencias, lo que le hubiera puesto sobre aviso”.
A juicio del Tribunal, esta omisión “constituye una quiebra del deber básico de supervisión humana que, como se ha expuesto, resulta indeclinable cuando se emplean herramientas de IA en el ejercicio profesional y vulnera el estándar de diligencia que (…) el Código Deontológico exige al profesional de la abogacía”.
Multa de 420 euros
El Tribunal acude a un criterio “ejemplarizante” a la hora de cuantificar la multa: 420 euros, la mitad del coste aproximado de una suscripción anual a una herramienta de Inteligencia Artificial específicamente jurídica de las disponibles en el mercado, “que, de haber sido utilizada” enfatiza, “probablemente hubiera evitado el lamentable resultado que ahora se enjuicia”.
La Sala impone como multa la mitad del importe aproximado de la herramienta teniendo en cuenta que el abogado, en su respuesta a la Sala cuando esta detectó el supuesto fraude, admitió los hechos y reconoció su responsabilidad de forma expresa, manifestando un arrepentimiento “aparentemente sincero”.
La Sala enfatiza que no “desconoce ni desdeña” el potencial que las herramientas de inteligencia artificial ofrecen para las profesiones jurídicas, pero recuerda que el principio de supervisión humana es el “eje vertebrador de todas las actuaciones profesionales que comporten el uso de estos sistemas en el ámbito de la abogacía, debiendo el profesional entender la herramienta como asistencial y nunca como decisoria, evitando una dependencia ciega del sistema”.