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La Sala concluye que el dolor crónico y la depresión le impiden volver al trabajo
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha estimado el recurso de una trabajadora a quien se le concedió en 2022 la incapacidad permanente para su puesto de cajera-reponedora y, tras experimentar una mejoría en 2023, el órgano gestor dictaminó su reincorporación al puesto de trabajo.
Los antecedentes del caso son los siguientes: según el informe médico del 7 de septiembre de 2022 la paciente padece una artritis psoriásica activa que le provoca inflamación y desgaste en las articulaciones. Además, sufre de depresión y ansiedad moderadas a causa de su situación, migrañas crónicas y asma. En su día a día, esto se traduce en un dolor constante que no cesa ni con el reposo, rigidez al despertar y una pérdida importante de movilidad y fuerza en las manos, especialmente en la derecha. Esta limitación se debe a la inflamación y a las lesiones en los huesos de los dedos. Para intentar frenar el avance de la enfermedad, la paciente ha comenzado hace pocos meses un tratamiento con medicación biológica.
El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) emitió un informe que apreció una “estabilidad clínica” y “no actividad inflamatoria” de la paciente a raíz del tratamiento biológico. El 18 de enero de 2024 se dejó sin efecto la pensión de incapacidad total por la mejoría en el estado de sus lesiones que permite a la trabajadora la reincorporación a su puesto. La demandante impugnó la resolución del INSS y el Tribunal de Instancia de Huesca (sección Social) le dio la razón el 18 de septiembre de 2024, decisión que ahora recurre el órgano gestor.
El informe de Reumatología de abril de 2025 señala que la demandante tuvo que suspender su tratamiento biológico porque el dolor inflamatorio en las articulaciones persistía. En el aspecto psicológico, presenta un cuadro de depresión y ansiedad moderada, caracterizado por desánimo, llanto frecuente, falta de voluntad e interés, y una tendencia al aislamiento que eleva su ansiedad y tensión muscular. Además, sufre de insomnio severo y está diagnosticada de migraña crónica y una posible neuralgia del trigémino en el lado izquierdo, patologías por las que recibe seguimiento en el Servicio de Neurología del Hospital Universitario San Jorge de Huesca.
Según los magistrados, no se ha acreditado ningún error que justifique la revisión solicitada. El recurso pretende sustituir el criterio del juez de instancia -quien valoró objetivamente todas las pruebas gracias a su contacto directo con el caso- por la valoración subjetiva de la parte interesada, que solo destaca los aspectos que le benefician. Esto no es admisible salvo que se demuestre un error de evaluación evidente, algo que aquí no ocurre dada la gran variedad de informes presentados.
La Sala concluye que, puesto que el estado de la trabajadora no ha mejorado, se mantiene su incapacidad permanente total para la profesión de cajera-reponedora, lo que conlleva la desestimación del recurso.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.