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El tribunal argumenta su decisión en el interés superior del menor
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en dos sentencias fechadas el 27 de octubre, ha dado la razón a dos madres en su demanda para reclamar que el permiso por nacimiento de las familias monoparentales se equipare al que pueden disfrutar las formadas por dos progenitores, algo a lo que la Administración se negaba por no estar contemplada la acumulación de los permisos de paternidad y maternidad ni la ampliación del permiso de maternidad.
En sus recursos, las apelantes planteaban como motivo de impugnación que la normativa española ha de interpretarse según el artículo 10. 2, 14 y 39.2 CE y según la normativa internacional, por lo tanto, desde la perspectiva del superior interés del niño y protección de los hijos, sin que pueda discriminarse al menor por razón de su pertenencia a familia monoparental. Añaden que la pretensión deducida incide en la igualdad entre mujeres y hombres, ocasionando una discriminación indirecta por razón del sexo, dado que estadísticamente la mayoría de los hogares monoparentales están formados por mujeres.
El TSJA ha argumentado la sentencia basándose en el interés superior del menor: “La regulación de los permisos de paternidad y maternidad ha de ser interpretada a la luz del principio general del interés superior del menor que se integra en el núcleo familiar con el progenitor o progenitores que le prestan atención y cuidados parentales, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, y al mandato del artículo 39 CE relativo a la protección a la familia y a la infancia, siendo este el designio el que debe prevalecer y servir de orientación”, señala la sentencia.