Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La AN no tuvo en cuenta los seis años de prisión que le impuso el Tribunal Correccional de Paris
El Tribunal Supremo ha solicitado a la Audiencia Nacional que estudie de nuevo la acumulación de condenas del ex etarra Urrusolo Sistiaga, teniendo en cuenta la que se le impuso en Francia, aunque haya sido dictada por un tribunal de otro estado de la Unión Europea. El tribunal no resuelve si es pertinente la acumulación solicitada por el preso pero pide al órgano jurisdiccional competente que lo haga previa obtención de la documentación necesaria.
La Audiencia Nacional tuvo en cuenta todas las condenas impuestas en España, fijando como límite de cumplimiento 30 años, pero no añadió la de seis años de prisión que le impuso el Tribunal Correccional de Paris, que ya cumplió. Según la Audiencia, como eran hechos ocurridos en territorios nacionales distintos -España y Francia-, no pudieron ser objeto del mismo proceso.
Recuerda ahora el Supremo una decisión Marco del Consejo de Europa que establece una obligación mínima para los estados miembros al objeto de tener en cuenta las condenas pronunciadas por otros estados.