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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal anula los acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2008 y 19 de junio de 2009 que excluyeron del procedimiento la evaluación del impacto ambiental en el proyecto de construcción del nuevo centro penitenciario de Pamplona.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado los acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2008 y 19 de junio de 2009 que excluyeron del procedimiento la evaluación del impacto ambiental en el proyecto de construcción del nuevo centro penitenciario de Pamplona.
El Tribunal Supremo considera que el proyecto de la nueva cárcel debía someterse a la preceptiva evaluación de impacto ambiental, habida cuenta de que, además, existían motivos singulares para ello como la ocupación por el centro de un 25% de la colina de Santa Lucía, calificada como reserva paisajística en las normas urbanísticas comarcales y suelo no urbanizable con categoría de preservación.
En la sentencia, el Supremo rechaza el precepto invocado por el Consejo de Ministros para excluir el informe sobre el impacto ambiental sin haber sometido el proyecto a otra forma de evaluación.
Se adjunta la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, fechada el 9 de octubre de 2012, y que ha tenido como ponente al magistrado Manuel Campos Sánchez-Bordona.
Nota: Este resumen ha sido elaborado por Comunicación del Poder Judicial a los efectos informativos y carece de vinculación legal con la sentencia.