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El tribunal ratifica la sentencia que consideraba que el titular de la cuenta de la entidad financiera ya pagaba una comisión de mantenimiento que debía incluir ese servicio de ingresos de terceros
La Audiencia Provincial de Álava ha desestimado el recurso interpuesto por Bankinter contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Vitoria que ordenaba a la entidad financiera cesar en el cobro de dos euros de comisión por el ingreso en efectivo en cuentas de clientes de la entidad por parte de quienes no lo eran.
De esta forma, la Audiencia ratifica la sentencia que consideraba que el titular de la cuenta de Bankinter ya pagaba una comisión de mantenimiento que debía incluir ese servicio de ingresos de terceros.
Contra esta resolución en segunda instancia, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.