Decretan el ingreso en prisión del hombre que el domingo mató a su esposa en Arguedas (Navarra)

Según recoge la resolución judicial, el investigado golpeó en la cabeza y estranguló a su mujer en el domicilio familiar. La titular de la plaza nº 2 de Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tudela destaca la existencia de riesgo de fuga debido a las penas a las que se enfrenta el imputado por el delito de homicidio

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Comunicación Poder Judicial

La titular de la plaza nº 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tudela ha decretado hoy prisión provisional, comunicada y sin fianza para el hombre que el domingo mató a su esposa, de 44 años, a la que golpeó en la cabeza y, posteriormente, estranguló en el domicilio conyugal, en Arguedas (Navarra). 

En la resolución judicial, que puede ser recurrida, la magistrada califica inicialmente los hechos como constitutivos de un delito de homicidio. 

El imputado, natural como la víctima de Marruecos, se ha acogido hoy a su derecho a no declarar en su comparecencia ante la juez. 

A continuación, el Ministerio Fiscal ha solicitado el ingreso en prisión del encausado, mientras que la defensa ha interesado la libertad provisional o, en su caso, la adopción de medidas menos gravosas. 

El día 18, sobre las 18 horas, el investigado acudió a la Guardia Civil de Valtierra, en donde puso en conocimiento de los agentes que el día anterior, sobre las 23 horas, había discutido con su esposa, a la que había golpeado en la cabeza. Según su versión, la mujer se había desplomado y caído al suelo. Y añadió que, a la mañana siguiente, ella seguía en el suelo, inmóvil. Tras esta declaración, fue detenido. 

A las 18.45 horas, según reza la resolución judicial, se llevó a cabo el levantamiento del cadáver. Se apreció que, efectivamente, la víctima se encontraba “tumbada en el suelo boca arriba junto con una herida en el lado derecho de la cabeza, junto al lóbulo de su oreja, con sangre”. 

El informe preliminar forense, indica la juez, determina que “la muerte ha sido violenta, siendo la causa inmediata de la misma probable anoxia encefálica, como consecuencia de asfixia mecánica cervical”. 

“De todos los hechos descritos anteriormente se desprende de forma indiciaria, al menos en este momento incipiente de la instrucción, que el investigado (…), no solo golpeó en la cabeza a la víctima (…), sino que la agarró del cuello hasta asfixiarla”, concluye la juez. 

La medida de prisión, según apostilla, es “absolutamente imprescindible para evitar el riesgo de fuga” debido a las penas previstas por el delito de homicidio —de 10 a 15 años de prisión— o, si se determinara, por el de asesinato —de 15 a 25—, así como por “el hecho innegable de la falta de arraigo del investigado”, súbdito marroquí “que lleva únicamente dos meses viviendo en Arguedas con su mujer”.