Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El procesado ha reconocido los hechos y se ha celebrado un juicio por conformidad por lo que no ha sido necesario constituir el Jurado
La magistrada presidenta del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado por conformidad a J.G.O. a ocho años de cárcel por matar a otro hombre de una paliza, durante la Nochebuena de 2023, en Maó (Menorca). La magistrada le considera autor de un delito de homicidio, concurriendo la atenuante de consumo de alcohol y drogas. Por otra parte, la jueza también ha condenado a J.E.M.D., el otro acusado que presenció los hechos, a seis meses de prisión por un delito de omisión del deber de impedir delitos.
Los dos procesados han reconocido los hechos. Según la Fiscalía, J.G.O. mantuvo una discusión con la víctima, le propinó varios puñetazos en el rostro, lo que provocó su caída al suelo, entrando en coma profundo, falleciendo el 2 de enero de 2024.
La representación procesal de cada uno de los acusados ha alcanzado un acuerdo con el Ministerio Fiscal, que inicialmente les solicitaba veinte años de prisión por un delito de asesinato y dos años de prisión por omisión del deber de impedir delitos, respectivamente. Por este motivo no ha sido necesario constituir el Jurado y se ha celebrado el juicio por conformidad.
En relación con la responsabilidad civil, el principal acusado deberá indemnizar a los familiares de la víctima con 271.806,9 euros.
Tras el acuerdo, la defensa de J.E.M.D. ha solicitado la suspensión de la ejecución de la pena de seis meses de prisión de su patrocinado y la magistrada le ha otorgado dicha suspensión condicionada a que no vuelva a delinquir durante dos años.
Las partes personadas en el procedimiento ya han adelantado que no recorrerán la decisión.