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La Audiencia Provincial considera probados tocamientos, besos con lengua y una penetración vaginal sobre una de las alumnas, que se suicidó en 2025 tras años de graves secuelas psicológicas
La Sección Décimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Enrique Antonio S. D., profesor de matemáticas de un instituto de Educación Secundaria de la región, a nueve años de prisión por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal perpetrado contra cuatro alumnas menores de edad durante el curso 2019-2020.
La pena principal, de nueve años de cárcel, es consecuencia del comportamiento criminal que mantuvo con una de las cuatro menores, que se suicidó en 2025 tras años de graves secuelas psicológicas. Por las otras tres víctimas se imponen condenas de menor cuantía, multas, libertad vigilada e inhabilitaciones específicas. Entre otras, tiene prohibido acercarse siquiera al cementerio donde descansan los restos mortales de la alumna que se quitó la vida por lo ocurrido.
Según el relato de hechos probados de la sentencia, el condenado impartía clases de matemáticas a 4º de ESO en un instituto. Desde el inicio del curso mantuvo un comportamiento diferencial con las alumnas, caracterizado por acercamientos físicos excesivos, susurros al oído, caricias en brazos, espalda, cara y muslos, y comentarios sobre su aspecto físico, como “qué guapa vienes” o “qué guapa eres”.
Los hechos más graves se produjeron con M. El 3 de octubre de 2019, tras el episodio de una corona de cumpleaños con mensajes de connotación sexual, el profesor le dio dos besos que la menor calificó como “lentos y turbios”. Posteriormente, en varias ocasiones le tocó la cara, le susurró al oído y mantuvo reuniones privadas en el aula con las luces apagadas y persianas bajadas.
El episodio central ocurrió el 13 de diciembre de 2019. Durante el segundo recreo, M. acudió sola al aula del profesor. Allí, este le cogió las manos, le confesó que quería besarla y le dio un beso en los labios con lengua. Le pidió que se sentara sobre sus piernas, momento en el que le tocó los pechos y glúteos por encima de la ropa. Tras sonar el timbre, la menor regresó preocupada al aula. El profesor cerró la puerta con llave, la colocó sobre la mesa, le bajó los pantalones y el tanga, y finalmente le introdujo el pene en la vagina, deteniéndose cuando ella se lo pidió.
La sentencia también describe conductas similares, aunque de menor intensidad, con las otras tres alumnas: tocamientos en muslos y cara, abrazos, besos en la mano, guiños y mensajes inapropiados a través de Google Classroom, incluso durante las vacaciones de Navidad.
Todas las víctimas coincidieron en describir un trato discriminatorio: más cercano y físico con las chicas, más estricto y distante con los chicos. Varias compañeras y profesoras corroboraron estos patrones de comportamiento.
M sufrió un trastorno adaptativo con síntomas de ansiedad y depresión y un trastorno de personalidad. Tras los hechos, cambió de nombre y de centro educativo, fue hospitalizada hasta ocho veces en unidades de psiquiatría en el año posterior y manifestó ideas suicidas. Acabó con su vida a principios de agosto de 2025. Los informes periciales de las psicólogas que la trataron y de los psiquiatras forenses vinculan directamente su deterioro psicológico grave con los abusos sufridos. Las otras víctimas también describieron malestar, incomodidad y miedo, aunque con secuelas menos graves.
La Sala basa la convicción de su criterio en la credibilidad de las declaraciones de las víctimas, que resultaron persistentes, coherentes en lo esencial y corroboradas periféricamente por los testimonios de los y las compañeras de clase, por las declaraciones de los padres de M., por los informes del director, del jefe de estudios y de la integradora social del centro, así como por las pruebas psicológicas y periciales practicadas durante la instrucción.
La sentencia rechaza la versión del acusado, que negó los hechos más graves y atribuyó las acusaciones a un supuesto complot. Los magistrados consideran que su declaración carece de corroboración externa y presenta contradicciones.
La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.