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Deberá someterse a controles médicos periódicos para tratar la esquizofrenia que padece
La Audiencia Provincial de Burgos ha impuesto una pena de cuatro meses de cárcel a una mujer por un delito contra los sentimientos religiosos tras prender fuego a un confesionario. Sin embargo, el tribunal ha suspendido la ejecución de la pena de prisión bajo varias condiciones: la condenada no podrá delinquir en los próximos dos años, tendrá prohibido el acceso a templos de culto católico en la capital burgalesa durante ese mismo periodo y deberá someterse a un tratamiento médico obligatorio y controles periódicos para la esquizofrenia que padece.
La resolución, dictada de conformidad entre las partes, relata que sobre las 20:43 horas del 9 de marzo de 2025, la acusada entró en la iglesia de San Lorenzo el Real de Burgos. En ese momento, la mujer, que padece esquizofrenia paranoide, se encontraba inmersa en un brote psicótico. En el templo se estaba oficiando una misa ante unos 350 feligreses cuando la acusada, que portaba una mochila con papeles en su interior y guiada por el propósito de dificultar el normal desarrollo del acto religioso, se dirigió hacia uno de los confesionarios. Una vez dentro, prendió fuego al habitáculo utilizando su mochila. Sin embargo, no logró causar desperfectos materiales gracias a la rápida intervención de otro sacerdote, quien se percató de la situación y consiguió sofocar las llamas de inmediato. Ante estos hechos, el Juzgado de Instrucción número 1 de Burgos acordó como medida cautelar la prohibición de que la investigada accediera a cualquier iglesia de la ciudad durante la tramitación de la causa.
La sentencia es firme.