La Audiencia de Ourense condena a dos acusados de estafar 33.400 euros a una anciana en O Carballiño
La Sala entiende probado que se aprovecharon de la soledad de la víctima y de su deterioro cognitivo
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- Comunicación Poder Judicial
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a 18 y a 12 meses de cárcel, respectivamente, a una mujer y a un hombre por estafar, de forma continuada, a una anciana en O Carballiño. El tribunal ha tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y, en uno de los casos, también la de confesión y, en el del sospechoso, la de reparación del daño. Además, les ha impuesto el pago de una indemnización a la víctima. La cantidad total de la que se apoderaron, según la sentencia, asciende a 33.400 euros.
El tribunal explica en el fallo que ambos conocieron a la mujer en marzo de 2019, con ocasión de la venta e instalación en su domicilio de un sistema de filtrado de agua de la empresa en la que trabajaban. Según consideran acreditado los magistrados, “pronto se percataron de la situación de soledad en la que se encontraba la anciana, que no mantenía relación alguna con su hijo y nieta, ni otros posibles parientes, y que presentaba, debido a su avanzada edad, un deterioro cognitivo”.
De esta forma, se ganaron su confianza, según consta en la resolución, “simulando preocuparse de su atención y cuidado, a través de llamadas telefónicas, traslados a la entidad bancaria para realización de reintegros y otras gestiones o la realización de compras para su manutención, todo ello con la finalidad de hacerse con parte del dinero del que pudiera disponer”.
La Sala entiende probado que la acusada utilizó de forma fraudulenta una tarjeta y que se aprovechó de la confianza generada en la víctima para conseguir, “con el pretexto de acompañarla al banco para obtener dinero con el que efectuar la compra de víveres”, hacerse con el efectivo que sacaba de diferentes sucursales bancarias. En la mayoría de las ocasiones, según consta en la sentencia, acudió ella sola y, en una ocasión, junto al coacusado.
Los magistrados indican que la geolocalización del terminal telefónico de la condenada la sitúa en varias sucursales bancarias en las fechas en las que se efectuaron los reintegros.
Además, rechazan la alegación del sospechoso de que la víctima le hiciera regalos. Así, indican que consta un mensaje telefónico intercambiado entre los dos condenados, en el que “entre risas de ambos, se burlan de la anciana, diciendo que parece que ahora los nietos son ellos”.
Por otra parte, la Audiencia Provincial ha decretado la absolución de una mujer y de su hija, tal y como solicitó la Fiscalía, de los delitos continuados de estafa y de apropiación indebida respecto a la misma víctima. “Pueden albergarse sospechas de que la acusada pudiera hacer suyos los reintegros que la mujer realizaba, pero ello no pasa de tal límite, de la mera sospecha, por lo que un pronunciamiento condenatorio en tales condiciones vulneraria el principio de presunción de inocencia”, explican los jueces. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.