El CGPJ aprueba un acuerdo reglamentario sobre formación especializada de la Carrera Judicial en materia de Familia, Infancia y Capacidad y Violencia contra la Infancia y la Adolescencia
Los cursos, que serán impartidos por la Escuela Judicial, tendrán una duración mínima de cien horas lectivas e incluirán pruebas de evaluación objetivas, así como controles de seguimiento
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- Comunicación Poder Judicial
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy un acuerdo que establece la obligatoriedad de especialización para aquellos miembros de la Carrera Judicial que ocupen las plazas en las nuevas Secciones de Familia, Infancia y Capacidad y en las Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, creadas por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
El acuerdo, que consta de cinco artículos, prevé que los cursos, que serán impartidos por la Escuela Judicial, tendrán una duración mínima de cien horas lectivas, podrán desarrollarse a distancia e incluirán pruebas de evaluación objetivas, así como los controles que se consideren oportunos para asegurar el seguimiento de la formación y la suficiencia del conocimiento de la materia de que se trate.
Asimismo, establece que los jueces/as y magistrados/as que reciban la formación en estas materias tendrán preferencia en la provisión de plazas en las Secciones de Familia, Infancia y Capacidad y en las Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia. Además, establece que los miembros de la Carrera Judicial que, provenientes de órganos jurisdiccionales de distinto orden o especialidad, obtengan en los concursos de traslado plaza en estas Secciones y no estén en posesión del título acreditativo de la formación especializada, deberán participar en las actividades de formación en estas materias y, en todo caso, en materia de violencia de género, con carácter previo a su toma de posesión.
El articulado contenido en el acuerdo aprobado hoy por el Pleno se incluirá en el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, que es su sede natural, una vez concluyan los trabajos actualmente en marcha para su actualización. La necesidad de anticipar mediante el acuerdo reglamentario aprobado hoy la regulación de los cursos en materia de Familia, Infancia y Capacidad y Violencia contra la Infancia y la Adolescencia se debe a la previsión contenida en la disposición adicional sexta de la LO 1/2025, que fija para su convocatoria un plazo de cuatro meses a partir de su entrada en vigor, que tuvo lugar a estos efectos el 3 de abril de este año.
La decisión del Pleno se produce después de que el proyecto de reglamento sobre la formación especializada en estas materias haya sido sometido a informe de las asociaciones judiciales profesionales y de las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el art. 560.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.