Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad

Magistrados, fiscales, abogados y psicólogos asistieron a un curso sobre la protección civil y penal de las personas con discapacidad. Al término se aprobaron unas conclusiones referidas, en especial, a la protección de las personas con transtorno psíquico.

Clausura del curso de discapacidad
La presidenta del TSJ de la Comunidad Valenciana, Pilar de la Oliva, el vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa, y el Fiscal Superior de Valencia, Ricard Cabedo, durante la clausura del curso.

Magistrados, fiscales, abogados y psicólogos, entre otros especialistas, asistieron en Valencia a un curso sobre la protección civil y penal de las personas con discapacidad, celebrado entre el 8 y el 10 de mayo.

Organizado por el Consejo General del Poder Judicial y el Foro Justicia y Discapacidad,  el curso abordó desde distintas perspectivas el tratamiento de la protección civil y penal de la persona con discapacidad.

Entre los ponentes figuró Carlos Ganzenmüller Roig, fiscal del Tribunal Supremo y coordinador de incapacidades del Ministerio Público para toda España. Ganzenmüller se centró en los cinco años transcurridos de la entrada en vigor de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Por su parte, el magistrado del Tribunal Supremo Francisco Monterde abordó en su intervención el tratamiento penal de los derechos de las personas con discapacidad, cuya ponencia también se adjunta.

En este ámbito la Fundación Carmen Pardo Valcarce expuso sus experiencias desde la Unidad de Atención a Víctimas con Discapacidad Intelectual, así como la Guía de intervención policial para las personas con discapacidad que han elaborado junto con la Guardia Civil,y que también se adjunta en esta noticia.

La magistrada del Tribunal Constitucional Encarna Roca abordó en una ponencia los Derechos personalísimos de las personas con discapacidad.

Al término del curso de Formación Continua, los jueces y magistrados asistentes aprobaron una serie de conclusiones, centradas en especial en la protección de las personas con transtorno psíquico.

CONCLUSIONES DEL CURSO SOBRE “ÁMBITO DE PROTECCIÓN CIVIL Y PENAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD”

Los Jueces y Magistrados asistentes al curso sobre el “Ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad”, celebrado en Valencia en mayo de 2013, han alcanzado las siguientes conclusiones:

  1. Los conceptos de deficiencia y discapacidad no son sinónimos. La deficiencia implica una alteración somática y/o psíquica que no necesariamente implica una discapacidad. Ésta surge cuando, en una deficiencia de larga evolución, se interponen barreras que impiden el pleno desarrollo de la persona con deficiencia.
  2. La persona con enfermedad mental o trastorno psíquico no es una persona con discapacidad. Si se dan las circunstancias anteriormente citadas, puede llegar a tener una discapacidad. Hay que huir de las afirmaciones que equiparan enfermedad mental con discapacidad por no ser ciertas.
  3. En España no se ingresa (interna) en unidades de agudos de psiquiatría por razón de discapacidad ni por razón de trastorno psíquico; se ingresa cuando una persona con un trastorno psíquico:

a. se ha descompensado psicopatológicamente,

b. la descompensación es grave,

c. requiere tratamiento y éste no puede llevarse en medio ambulatorio

d. la persona no es capaz de decidir por sí misma dada la ausencia de conciencia de enfermedad, la ausencia de conocimiento de causa y la alteración de su voluntad en ese momento.

  1. El objetivo del ingreso en unidad de agudos de psiquiatría es el tratamiento de la descompensación psicopatológica.
  2. La autorización judicial tiene por finalidad suplir la falta de consentimiento del paciente y controlar que se efectúa con la finalidad terapéutica que tiene el mismo. Dicha autorización se adecua a las exigencias de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y demás tratados internacionales.
  3. Esta autorización se presta por el juez con la intervención del médico forense y de los facultativos que atienden al paciente.
  4. Caso de que el internamiento se prolongara más allá de un plazo razonable debería ratificarse por el juez con las mismas garantías que para su adopción.
  5. Si la situación se mantiene por más de seis meses, el Ministerio Fiscal debería instar el proceso sobre capacidad sin perjuicio de que, finalizado el tratamiento, se reintegre la capacidad del paciente.
  6. Las figuras como el patrimonio protegido, los poderes preventivos o las voluntades médicas anticipadas son absolutamente acordes a los dictados de la Convención de Naciones Unidas por lo que sería conveniente realizar una labor de difusión pues, por desgracia, no son conocidas por la sociedad.
  7. Es necesaria la comunicación del Registro Civil con los registros de la propiedad y el mercantil en aras a garantizar posibles situaciones de abusos patrimoniales, incluso mediante la inscripción preventiva de los procesos sobre modificación de la capacidad.
  8. Convendría concienciar a los Jueces y Magistrados de la figura del “agente facilitador” como medio de comunicación y apoyo a la persona con discapacidad.
  9. Desde el punto de vista asistencial se plantea la necesidad de concienciarnos del enorme coste económico, judicial, social y familiar de los internamientos psiquiátricos forzosos a causa de una descompensación de la enfermedad por falta de control. Paradójicamente las ayudas públicas para puestos en residencias y pisos tutelados para enfermos mentales disminuyen.

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Clausura del curso de discapacidad

La presidenta del TSJ de la Comunidad Valenciana, Pilar de la Oliva, el vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa, y el Fiscal Superior de Valencia, Ricard Cabedo, durante la clausura del curso.

Mesa redonda sobre la adaptación a España de la Convención de la ONU

Mesa redonda sobre la adaptación a España de la Convención de la ONU

Encarna Roca durante su ponencia sobre los derechos personalísimos de las personas con discapacidad

Encarna Roca durante su ponencia sobre los derechos personalísimos de las personas con discapacidad

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (4)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (4)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (5)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (5)

De izquierda a derecha, Torcuato Recover, Rocío Pérez Puig y Francisco Vañó

De izquierda a derecha, Torcuato Recover, Rocío Pérez Puig y Francisco Vañó

Carlos Ganzenmüller, Encarna Roca, Josefa García Lorente y Rocío Pérez-Puig durante el curso de discapacidad celebrado en Valencia.

Carlos Ganzenmüller, Encarna Roca, Josefa García Lorente y Rocío Pérez-Puig durante el curso de discapacidad celebrado en Valencia.

Pilar de la Oliva, Fernando de Rosa y Carmen Lombart, presidenta del TSJCV, vicepresidente del CGPJ y presidenta de la Audiencia de Valencia, respectivamente.

Pilar de la Oliva, Fernando de Rosa y Carmen Lombart, presidenta del TSJCV, vicepresidente del CGPJ y presidenta de la Audiencia de Valencia, respectivamente.

Pilar de la Oliva, Fernando de Rosa y Carmen Lombart, presidenta del TSJCV, vicepresidente del CGPJ y presidenta de la Audiencia de Valencia, respectivamente.

Pilar de la Oliva, Fernando de Rosa y Carmen Lombart, presidenta del TSJCV, vicepresidente del CGPJ y presidenta de la Audiencia de Valencia, respectivamente.

Imagen de asistentes al curso sobre protección civil y penal de la persona con discapacidad.

Imagen de asistentes al curso sobre protección civil y penal de la persona con discapacidad.

Tras la clausura del curso sobre protección civil y penal de la persona con discapacidad.

Tras la clausura del curso sobre protección civil y penal de la persona con discapacidad.

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (12)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (12)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (13)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (13)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (14)

Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (14)