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Magistrados, fiscales, abogados y psicólogos asistieron a un curso sobre la protección civil y penal de las personas con discapacidad. Al término se aprobaron unas conclusiones referidas, en especial, a la protección de las personas con transtorno psíquico.
Magistrados, fiscales, abogados y psicólogos, entre otros especialistas, asistieron en Valencia a un curso sobre la protección civil y penal de las personas con discapacidad, celebrado entre el 8 y el 10 de mayo.
Organizado por el Consejo General del Poder Judicial y el Foro Justicia y Discapacidad, el curso abordó desde distintas perspectivas el tratamiento de la protección civil y penal de la persona con discapacidad.
Entre los ponentes figuró Carlos Ganzenmüller Roig, fiscal del Tribunal Supremo y coordinador de incapacidades del Ministerio Público para toda España. Ganzenmüller se centró en los cinco años transcurridos de la entrada en vigor de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Por su parte, el magistrado del Tribunal Supremo Francisco Monterde abordó en su intervención el tratamiento penal de los derechos de las personas con discapacidad, cuya ponencia también se adjunta.
En este ámbito la Fundación Carmen Pardo Valcarce expuso sus experiencias desde la Unidad de Atención a Víctimas con Discapacidad Intelectual, así como la Guía de intervención policial para las personas con discapacidad que han elaborado junto con la Guardia Civil,y que también se adjunta en esta noticia.
La magistrada del Tribunal Constitucional Encarna Roca abordó en una ponencia los Derechos personalísimos de las personas con discapacidad.
CONCLUSIONES DEL CURSO SOBRE “ÁMBITO DE PROTECCIÓN CIVIL Y PENAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD”
Los Jueces y Magistrados asistentes al curso sobre el “Ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad”, celebrado en Valencia en mayo de 2013, han alcanzado las siguientes conclusiones:
a. se ha descompensado psicopatológicamente,
b. la descompensación es grave,
c. requiere tratamiento y éste no puede llevarse en medio ambulatorio
d. la persona no es capaz de decidir por sí misma dada la ausencia de conciencia de enfermedad, la ausencia de conocimiento de causa y la alteración de su voluntad en ese momento.
Galería de imágenes
Conclusiones del curso sobre el ámbito de protección civil y penal de la persona con discapacidad (4)
Carlos Ganzenmüller, Encarna Roca, Josefa García Lorente y Rocío Pérez-Puig durante el curso de discapacidad celebrado en Valencia.