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Vista la solicitud deducida por D. Baltasar Garzón Real, Magistrado del Juzgado Central de Instrucción Num. 5 de la Audiencia Nacional, actualmente en situación de suspensión de funciones, de compatibilidad para pertenecer al Comité de Prevención de la Tortura y de las Penas y Tratamientos Inhumanos y Degradantes del Consejo de Europa, y recibido el informe de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, solicitado por este Consejo General del Poder Judicial con carácter previo a la resolución de la propuesta, la Comisión Permanente ha adoptado hoy el siguiente acuerdo:
Dados los términos de la petición, en la que expresamente indica el Magistrado Sr. Garzón Real que dicho cargo no comporta inmunidad alguna que pueda afectar a su situación procesal en España, se accede a lo solicitado, otorgando la compatibilidad expresada por el período que figura en la solicitud.
El presente acuerdo se adopta con el voto en contra de Dña. Almudena Lastra de Inés, quien considera que no procedería conceder autorización de compatibilidad puesto que el Magistrado solicitante se encuentra en situación de suspensión cautelar de funciones y, en consecuencia, no ejerce jurisdicción por lo que nada tiene que compatibilizar. Además, las características de la función y organismo para las que se pretende, deberían encauzarse a través del supuesto previsto en el artículo 351.b de la Ley Orgánica del Poder Judicial, comportando por lo tanto la declaración en la situación de servicios especiales.
Manifiesta asimismo su posición en contra el Vocal D. Antonio Dorado Picón, quien considera –como ha sostenido anteriormente- que no procede concesión de compatibilidad dada la situación administrativa en que se encuentra el Magistrado.
Madrid, 11 de octubre de 2011.