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En su sentencia, los magistrados exponen que la obligación de planificar la actividad de prevención de los riegos laborales de los miembros de la Carrera Fiscal corresponde al Ministerio de Justicia
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda presentada por la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) contra el Ministerio de Justicia, el Ministerio Fiscal y las comunidades autónomas con las competencias en esta materia en la que solicitaban la adopción de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales específico para el Ministerio Público.
En su sentencia, los magistrados exponen que la obligación de planificar la actividad de prevención de los riegos laborales de los miembros de la Carrera Fiscal corresponde al Ministerio de Justicia, como departamento de la Administración General del Estado que asume la posición de empresario y consideran que no existe razón alguna por la que los miembros del Ministerio Público deban tener un plan de prevención distinto del elaborado por el Ministerio de Justicia.