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El magistrado explica que “de las diligencias practicadas no pueden seguirse indicios racionales de criminalidad en relación a los hechos investigados respecto de la comisión de los delitos imputados”
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decretado la conclusión de sumario sin procesamiento en la causa abierta por la querella presentada por el activista F.B. contra el Líder del Frente Polisario Brahim Ghali y otros por delito de tortura.
En un auto, el magistrado, que toma esta decisión en línea con los solicitado por la Fiscalía, explica que “de las diligencias practicadas no pueden seguirse indicios racionales de criminalidad en relación a los hechos investigados respecto de la comisión de los delitos imputados”. Añade que las testificales practicadas se basan en meras referencias no constatadas, concretándose en apreciaciones subjetivas y no coincidentes en casos con las fechas y momentos que se señalan en los hechos. No queda constatado, apunta el instructor, que Ghali “ordenara o participara en orden a menoscabar la integridad del querellante (torturas) al no existir testimonio directo u otra diligencia que lo confirmara”.
“Con ello, practicadas cuantas diligencias se han podido realizar para la comprobación del delito, participación que han tenido los investigados y las circunstancias que en su comisión han concurrido y no hallándose indicada ninguna otra, es procedente concluir conforme determinan los artículos 622 y 623 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”, concluye el juez.
El sumario se eleva ahora sin procesamiento a la Sala Penal de la Audiencia Nacional, que deberá decidir sobre el sobreseimiento o continuación de la causa.