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La Audiencia Nacional ha notificado su sentencia número 658/2013 de la Sala de lo Penal por la que condena por un delito de atentado a la presidenta de una comunidad autónoma a 2 años de prisión y 3 meses de multa a Gorka Ovejero, Julio Martín Villanueva e Ibon Garcia. Y a un año de prisión por el mismo delito a Mikel Álvarez.
La sección primera de la Sala de lo Penal considera probado que el 27 de octubre de 2011 los ahora condenados estamparon tartas contra Yolanda Barcina, presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, interrumpiendo el Consejo Plenario de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, que se celebraba en la ciudad francesa de Toulouse.
"Existió -señalan los jueces en su sentencia-, una acción violenta corporal en la que la víctima fue golpeada hasta tres veces con unas tartas." Unos hechos que, al ser la victima presidenta de una comunidad autónoma y sufrirlos en el ejercicio de su cargo, deben considerarse constitutivos de un delito de atentado cualificado.
Ahora bien, la Sala rebaja la pena en un grado, aplicando la atenuante, al entender que los acusados realizaron una infracción penal en un territorio (Francia) que establece una pena sensiblemente menor a la prevista en nuestra legislación, y que actuaron en la creencia errónea de que sería en ese territorio donde se les podría exigir responsabilidades. Es decir, que aunque no se trate de un error de prohibición en sentido estricto (como alegaba la defensa) sí existió, según el tribunal, una circunstancia que en algún modo afecto a su culpabilidad.
El tribunal tiene en cuenta esta circunstancia para fijar la pena en dos años de prisión para los tres hombres que lanzaron las tartas y un año para Álvarez porque, aunque no las lanzó, fue cómplice, acercándose con los tres autores materiales a la víctima, "levantando los brazos en una inequívoca señal de apoyo a lo que estaban realizando".
Se adjunta la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional número 68/2013 dictada el 27 de noviembre de 2013. Ha tenido como ponente a la magistrada Manuela Fernández Prado.
Nota: Esta noticia ha sido elaborada por Comunicación del Poder Judicial a los efectos informativos y carece de vinculación legal con la sentencia.