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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que condena a tres miembros de ETA a 3.860 años de prisión para cada uno de ellos por explosionar una furgoneta bomba frente a la casa cuartel de Burgos, atentado que dejó a 160 personas heridas, entre ellas 41 niños.
El tribunal condena a Daniel Pastor Alonso, Iñigo Zapirain Romano y Beatriz Etxebarria Caballero, miembros del comando Otazua de ETA, por 160 delitos de asesinato en grado de tentativa, castigados con una pena de 24 años cada uno, y un delito de estragos terroristas.
Los tres miembros de la organización terrorista deberán indemnizar a sus víctimas con una suma de 10,8 millones de euros, en función de la gravedad de las heridas y de las secuelas que sufre cada persona que resultó herida.
A las 4 de la madrugada del 29 de julio de 2009, los tres miembros de ETA hicieron explosionar una furgoneta cargada con 700 kilos de amonal en un atentado reivindicado por la organización terrorista el 9 de agosto de 2009.
El tribunal falla que los tres miembros de ETA cometieron el atentado con la intención de atentar mortalmente contra el mayor número de personas. Actuaron a las órdenes de Mikel Kabikoitz Carrera Sarobe, Ata, quien les facilitó la furgoneta que utilizaron en el atentado y que había sido robada en abril de ese año en Pevrat Le Chateau (Francia).
Pastor, Zapirain y Etxebarria fueron detenidos el 28 de febrero de 2011. Los miembros de este comando ya habían sido condenados el pasado octubre a 485 años de cárcel por el asesinato del brigada Luis Conde, en Santoña (Cantabria) en septiembre de 2008.
Se adjunta la sentencia número 29/2013 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, fechada el 11 de diciembre de 2013.
Nota: Esta noticia ha sido elaborada por Comunicación del Poder Judicial a los efectos informativos y carece de vinculación legal con la sentencia.