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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que declara ilícita la huelga convocada por el Sindicato de Tripulantes de Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (SATAVLA) convocada para varios días de febrero, marzo, abril y mayo.
En una sentencia, los magistrados estiman la demanda presentada por Iberia al entender que los paros convocados vulneran lo establecido en el convenio colectivo firmado por ambas partes respecto a la creación de la compañía Iberia Express.
La resolución judicial explica que en el convenio colectivo se ofrecen dos fórmulas alternativas para el desarrollo de operaciones bajo la marca Iberia Express: su funcionamiento dentro o fuera de la matriz.
Por tanto, la creación de la filial dentro de la matriz no era más que una hipótesis, 'bien es verdad que configurada como la deseable, pero sin que ello llegara a enervar la posibilidad de la empresa de acogerla o no'.