Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a once miembros de las formaciones políticas D3M y Askatasuna acusados de integración o colaboración terrorista, al considerar que no ha quedado acreditado que actuasen de forma "consciente" y "deliberada" en favor de ETA
La sentencia de la Sección Primera considera que los actos atribuidos a los acusados -constituir un partido político y agrupaciones de electores, mediar en procesos electorales como candidatos, apoderados, interventores o avalistas, organizar o dar ruedas de prensa, entre otros- no son "inequívocas" conductas de integración o colaboración con una organización terrorista.
"Por que son acciones realizadas en el ámbito del espacio público, de mediación en el sistema político, visibles y amparadas formalmente en la legalidad, alejadas de la clandestinidad y de la violencia contra personas o bienes que caracterizan los actos terroristas", dice la resolución.
La sentencia cuenta con un voto particular discrepante en el que se considera a los acusados autores de los delitos de pertencia o colaboración con banda armada por formar parte del "entramado civi" de ETA.